Por ana cristina restrepo j.
El Cauca suena.
Ayer, la Sección para casos de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) vinculó a Empresas Públicas de Medellín (EPM) al trámite de búsqueda de personas desaparecidas en el área de influencia de Hidroituango.
EPM tiene cinco días para remitir la información relativa a la recuperación de restos y exhumaciones en el desarrollo de los contratos celebrados con Integral S.A. y la Universidad de Antioquia —cuyo laboratorio de osteología permanece bajo medidas cautelares—. Así mismo, en un plazo de diez días, EPM deberá sustentar su afirmación de que ninguno de los cuerpos hallados en los cementerios de Orobajo (Sabanalarga), Barbacoas (Peque) y La Fortuna (Buriticá) tiene vínculos con el conflicto armado. La gran duda que plantean las exhumaciones y traslados administrativos es: ¿se identificaron y procesaron debidamente los hallazgos, incluso aquellos cuerpos con lesiones por causa externa?
Este seguimiento de las audiencias públicas realizadas por la JEP en octubre de 2019, también fijó plazos para la entrega de documentos a Integral S.A., la Procuraduría Regional, el Grupo de Búsqueda, Identificación y Entrega de Personas Desaparecidas, y la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla).
Este pronunciamiento protege los derechos del Movimiento nacional de víctimas de crímenes de Estado (Movice), su petición de búsqueda en dieciséis lugares de Colombia —en Antioquia: Ituango, Toledo, Sabanalarga, Peque, Valdivia y Briceño— donde se presume que fueron sepultadas personas sometidas a desaparición forzada.
Ante la solicitud inicial de información de la JEP, la reacción de EPM fue predecible: se opuso al trámite.
Acostumbrada al rótulo de la “joya de la corona”, EPM le respondió a la justicia transicional que carecía de competencia para hacerle exigencias y que, además, ya rinde cuentas ante otras instancias como la Anla y el Consejo de Estado.
Permítanme evocar la memoria de Carlos Gaviria, quien solía cuestionar cómo se nos educa en una suerte de filosofía de la obediencia según la cual es reprochable desviarse del pensamiento oficial. ¿Acaso EPM es intocable? Exigir no es sinónimo de atacar.
La JEP evaluó las órdenes no cumplidas por EPM. Las reiteró. Les fijó un plazo.
El tribunal explicó que sí tiene la potestad de exigir documentación y que EPM no se puede oponer a su entrega puesto que se trata de los derechos de las víctimas: de ser necesario, la justicia transicional debe emitir medidas cautelares que afecten a terceros.
Si bien EPM tiene razón cuando argumenta que ya responde ante otras jurisdicciones, la posibilidad de una superposición de potestades (Anla-Consejo de Estado-JEP...) quedaría resuelta con la competencia prevalente de la JEP, otorgada por la Constitución en el Acto Legislativo.
Los reclamos, legítimos, de Movice parecen sumergir la institucionalidad en las palabras de T.S. Elliot: “Andamos a tientas/ y evitamos la palabra/ reunidos sobre esta playa del río hinchado/ sin mirada, a menos que/ los ojos reaparezcan”.
La JEP procura escenarios de concertación, no de confrontación: la vinculación de EPM al proceso es una garantía para contrastar pruebas y enriquecer el debate. No significa convertirlas en comparecientes —ni intervinientes ni víctimas— pues no hay atribución penal alguna. Existen acciones y competencias de terceros que podrían determinar la real valía de derechos de las víctimas o de los comparecientes.
No más intocables, cuando se trata de proteger derechos fundamentales: oponerse no es una respuesta posible.