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Kenneth Mendiwelson
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Kenneth Mendiwelson

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Valor intrínseco del emprendimiento

$Creditonota

Por Kenneth Mendiwelson*

Durante los últimos 15 años se ha conformado en el país una generación emprendedora que logra atraer capital de riesgo de inversionistas nacionales y globales. Esto nos llena de orgullo nacional, muy parecido al que se genera cuando vemos titulares de deportistas o artistas que conquistan escenarios mundiales. Este es el valor intrínseco del emprendimiento.

No obstante, desde hace algunas semanas, dentro de la comunidad de emprendimiento del país, se generó una discusión candente alrededor del impacto disuasivo que puede tener un artículo de la reforma tributaria frente la inversión en proyectos empresariales nacientes. Tiene que ver con el valor intrínseco de las acciones de las empresas que aún están en proceso de construcción.

Cuando un emprendimiento arranca, el objetivo normalmente es probar la viabilidad del modelo de negocio con un capital mínimo. Si llega el momento de crecer, es común buscar inversionistas que inyecten recursos para desarrollar el plan de negocio a cambio de una participación en esta empresa. Quien aporta este nuevo capital apuesta a una visión de futuro que pueda materializarse y cuya valoración (valor intrínseco) es superior a lo que al emprendedor efectivamente le costó probar la viabilidad de su negocio (costo fiscal).

El hecho de recibir inversión a cambio de una dilución no asegura el éxito del proyecto. Más bien, es a partir de ese evento desde donde se comienza a recorrer un camino arduo de construcción empresarial. En ese recorrido es común que se generen pérdidas, se vivan turbulencias y se demore el cumplimiento de los hitos. Falta mucho trayecto para que el emprendedor reciba beneficios económicos tangibles.

En el actual borrador de la reforma tributaria se define que, en la base gravable para el nuevo impuesto al patrimonio, se debe tener en cuenta el valor intrínseco de las acciones de las empresas. En el caso de que un emprendedor reciba inversionistas en su start-up a un valor intrínseco que es superior al costo fiscal, aun cuando todavía se encuentra en etapa de construcción empresarial, tendría que tributar sobre una expectativa económica que no se ha realizado. Esto llevaría a que el emprendedor no tuviese un incentivo de recibir una inversión por su idea o esfuerzo.

Es mucho más conveniente para el país que, en el caso de los emprendimientos que hayan recibido inversión a cambio de participación en el capital de la empresa durante los últimos diez años, el valor de las acciones que reportar como base gravable del impuesto al patrimonio sea su costo fiscal. Incluso se podría sugerir que el emprendedor reporte dicho costo fiscal cuando el precio de las acciones recibidas por el inversionista al hacer su aporte de capital haya sido de por lo menos 2,5 veces el valor intrínseco por acción.

El emprendimiento no va a cesar, pero sí se puede mudarse y concentrarse en lugares en donde existan más facilidades e incentivos. En Colombia hoy contamos con un movimiento que incita a los jóvenes a soñar con proyectos que movilicen la transformación económica y social del país. Este valor intrínseco es un activo que debemos cuidar.

* Presidente de la junta directiva de Endeavor Colombia.

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