En el país donde lucir una minifalda es excusa suficiente para que una mujer sea violada, aquí donde un tipo se masturba en un bus ante la indiferencia del resto de pasajeros, es el mismo lugar donde una fiscal llama a una madre a "conciliar" con el hombre que engañó a su hija* para filmarla desnuda.
En noviembre de 2013, una niña de catorce años fue al Instituto de Medicina Legal en Yarumal para ayudar en una necropsia, como asignatura de su alfabetización obligatoria. (Primer absurdo de esta historia: "alfabetizar" en una morgue).
David Gilberto Vargas Villegas, auxiliar de Medicina Legal y hermano del concejal Mario Elías Vargas Villegas, le indicó a la menor que se cambiara la ropa y se "quitara el brassier para que no se infectara".
En una caja de cartón, introdujo una cámara de uso oficial (segundo absurdo) encendida, la cual enfocaba involuntariamente la cara del funcionario mientras escondía el aparato en el cuarto al que ingresaría la niña. Y grabó.
¿Era la primera vez que lo hacía? ¿Este video sería solo para uso personal?
La fiscal, Blanca Margarita Botero, afirmó que la víctima enfrentaba "un caso de injuria por vía de hecho", y que lo más conveniente era conciliar con el agresor (tercer absurdo). La madre respondió: "No concilio porque la intimidad y la decencia de una niña y de una mujer no se concilian".
La semana anterior, en Razón Pública, la magíster en Protección de Derechos, Andrée Viana, escribió: "La jurisprudencia penal colombiana en este siglo ha defendido la tesis bochornosa de que, cuando los abusos sexuales contra mujeres y niñas no incluyen acceso carnal violento, apenas constituyen una injuria".
Si mañana otro pervertido escondiera una cámara en un baño escolar… ¿conciliaríamos con él?
(No sobra advertir: acojo el adjetivo "pervertido" de acuerdo con la definición del Diccionario de la Real Academia).
El artículo 218 del Código Penal, señala: "El que fotografíe, filme […] representaciones reales de actividad sexual que involucre persona menor de 18 años de edad, incurrirá en prisión de noventa y seis (96) a ciento cuarenta y cuatro (144) meses y multa […]".
El doctor Santiago Pardo, abogado de la organización internacional Women"s Link, explica: "La conciliación sólo procede contra delitos querellables (delitos menores). No se puede conciliar un delito así".
Y el cuarto absurdo: ¿cómo es posible que los medios hayan publicado el video en cuestión (editado) en las redes sociales? ¡Dejemos el prurito de la prueba explícita…… ¿Dónde queda la dignidad de las víctimas?
El director de Medicina Legal, Carlos Eduardo Valdés, informó sobre el inicio de una investigación disciplinaria. Vargas sigue vinculado al Instituto.
Sin suerte, la madre ha acudido "a la Fiscalía, a Infancia y Adolescencia, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar"…
El suyo es un típico caso de naturalización del machismo por vía de hecho: un delito que no existe en el Código Penal. Sólo en nuestro código cultural.
*Nombres omitidos, Código de Infancia y Adolescencia.
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