El borrador del proyecto a la reforma de la Justicia, hasta ahora, solo busca una modificación política de la administración de la rama en el país y no toca los aspectos medulares que la aquejan.
Esa es una de las principales conclusiones en la que coincidieron varios analistas consultados por EL COLOMBIANO sobre la reforma que el Gobierno presentará ante el Congreso el próximo 20 de julio.
La discusión de si es conveniente o no reformar 28 artículos de la Constitución que hacen relación al poder judicial, se presentó nuevamente cuando el presidente Juan Manuel Santos le propuso al país crear unos mecanismos para despolitizar la justicia, facilitar el real y oportuno acceso a la misma, regular la acción de tutela y suprimir el Consejo Superior de la Judicatura.
Tanto que el primer mandatario creó una comisión interinstitucional conformada por el Ministro del Interior y de Justicia, el Viceministro de Justicia, los presidentes de las altas cortes, del Senado y de la Cámara de Representantes; la Fiscal General de la Nación; el Procurador General; el exmagistrado de la Corte Constitucional Manuel José Cepeda Espinosa y la Secretaria Jurídica de la Presidencia de la República para recoger las recomendaciones de sectores políticos, de la rama judicial y la sociedad civil, con el fin de lograr un común acuerdo en torno a las necesidades de cambio y no despertar las suspicacias que incidieron en el hundimiento de las aspiraciones de reforma durante el gobierno del expresidente Álvaro Uribe Vélez.
Aunque la conciliación espera quedar saldada el próximo 11 de julio, después de una reunión entre el Presidente y las altas cortes, hay un grito en el cielo.
"El borrador del proyecto no incide en una transformación profunda, porque Colombia tiene una administración de justicia muy postrada, con problemas de recursos físicos y humanos, y con un burocratización, politización y corrupción muy marcada. Para poder hacer una reforma de hondo calado hay que tocar la Constitución en aspectos medulares que posibiliten una transformación de verdad y esta no puede ser aislada, debe implicar una reforma profunda del Estado Colombiano", aseguró un abogado penalista y profesor universitario quien pidió la reserva de su nombre.
Cambio administrativo
Quizá la piedra angular del actual borrador es la modificación de los artículos 116 y 254 de la Constitución, para suprimir el Consejo Superior de la Judicatura y crear el Consejo Superior Judicial, que será el ente que administrará la justicia.
Estaría conformado por una sala de gobierno y por una gerencia de la rama judicial. La Sala de Gobierno la integrarán siete miembros: los presidentes de las altas cortes, los delegados de las mismas y un delegado de los magistrados y los jueces del país.
Juan Carlos Vásquez Rivera, decano de la Facultad de Derecho Universidad de Medellín, resaltó esta iniciativa del Gobierno.
"Al Consejo Superior de la Judicatura no le vemos ninguna utilidad fáctica ni jurídica, por eso sería importante replantearlo y suprimirlo. Soy partidario de que la misma rama judicial establezca una verdadera administración judicial con el nuevo Ministerio de Justicia", aseguró Vásquez Rivera.
En febrero del presente año, el mismo Germán Vargas Lleras, ministro del Interior y de Justicia, insistió en la necesidad de "acabar" con el Consejo Superior de la Judicatura, al ratificar las denuncias del exministro Fabio Valencia Cossio, respecto a 11.200 quejas formuladas contra decisiones de jueces y magistrados que resultaron dándole beneficios a delincuentes condenados de alta peligrosidad.
Decisiones que no fueron revisadas, según el Ministro, por el Consejo Superior de la Judicatura. Este llamado de atención causó, en su momento, malestar en la Sala Disciplinaria de dicha entidad.
Principales puntos
Otro aspecto que incluye el borrador es que ahora será la ley la que regulará las tutelas, con el fin de racionalizar el uso de este instrumento legal.
También establecerá la procedencia de las tutelas contra las providencias judiciales. Por eso, de aprobarse el proyecto, las tutelas contra las Cortes se tramitaran ante la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia o del Consejo de Estado, y las sentencias solo serán revisadas por la Sala Plena de la Corte Constitucional.
Otro componente fundamental es la búsqueda de descongestión de más de dos millones y medio de procesos, al darle funciones jurisdiccionales, de manera transitoria y excepcional, a los notarios, a los centros de conciliación y a los abogados en ejercicio. Sobresale también la imposición de la carrera judicial y la creación de un sistema de concurso para la elección de magistrados de la Corte Suprema y del Consejo de Estado.
Se contempla también la inhabilidad para que sean elegidos en cargos de elección popular durante el período de ejercicio, y en los cinco años siguientes a su retiro, para todos los magistrados de las altas cortes, el Fiscal General, el Procurador, el Defensor del Pueblo, el Contralor General y el Registrador Nacional del Estado Civil.
El borrador establece la necesidad de 20 años de experiencia profesional para que un jurista pueda ser magistrado de las altas cortes y amplía el periodo de 8 a 12 años el tiempo de ejercicio de los mismos.
Y, por último, el proyecto crea un mecanismo para garantizar a los aforados (congresistas, ministros, etc.) su investigación y juzgamiento dentro del debido proceso.
La Sala Penal de la Corte Suprema se divide en tres secciones así: tres magistrados investigan, otros tres juzgan y tres más hacen parte de una sala que, en segunda instancia, resuelven las apelaciones de las condenas.
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