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HISTÓRICO
Vasectomía y ligadura gratuitas
  • Vasectomía y ligadura gratuitas | Shutterstock | Quienes decidan realizarse estas intervenciones deben saber que se trata de métodos de planificación irreversibles, pues la reconstrucción de las trompas de falopio o los conductos deferentes son complejas y de alto costo.
    Vasectomía y ligadura gratuitas | Shutterstock | Quienes decidan realizarse estas intervenciones deben saber que se trata de métodos de planificación irreversibles, pues la reconstrucción de las trompas de falopio o los conductos deferentes son complejas y de alto costo.
Ana María Correa Arcila | Publicado

Es un hecho: la vasectomía y la ligadura de trompas ahora serán gratuitas en Colombia. Una Ley que le brinda la oportunidad a hombres y mujeres de ejercer su derecho a la libre elección de la paternidad y la maternidad.

"Me parece que es una actitud apropiada del gobierno apoyar a sus ciudadanos en ejercer una paternidad responsable", dice el ginecólogo y especialista en reproducción Juan Luis Giraldo.

Desde ya, aquellos que deseen acudir a estos métodos definitivos de planificación, podrán hacerlo sin tener que gastar de su bolsillo, luego de que el Gobierno sancionó la Ley que contempla esta posibilidad.

Según la norma el sistema de salud deberá cubrir este tipo de procedimiento y para las personas que no estén afiliadas al régimen subsidiado o contributivo de salud (vinculados), la entidad que preste el servicio deberá recobrarlo a la subcuenta de prevención y promoción del Fosyga.

Sin embargo, Juan Luis Giraldo apunta: "Es muy importante que dentro de la promoción de esta Ley se haga claridad que estos métodos se consideran métodos de planificación irreversibles, ya que las cirugías para reconstruir las trompas o los conductos deferentes son complejas, de alto costo y tienen resultados limitados".

Por tal motivo Juan Luis Giraldo piensa que esta divulgación se debe acompañar de una explicación sobre otros métodos de planificación familiar que no comprometen la fertilidad futura de las personas.

Para ello, la Ley promulga que todas las personas que quieran realizarse esta práctica quirúrgica deberán solicitarlo por escrito a la entidad prestadora de servicios de salud. En el caso de que el procedimiento se vaya a llevar a cabo en un discapacitado mental, el representante legal de la persona podrá autorizar la cirugía mediante una orden judicial.

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