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Proyecto de castración a violadores está atascado en Senado

Según la Secretaría del Senado esta iniciativa se encuentra en el orden del día para ser discutida el próximo martes en la plenaria de esta Corporación.

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07 de septiembre de 2017
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Aunque ha sido programado varias veces en el último mes, sigue pendiente en el Senado el segundo debate del proyecto de Ley número 197 de 2016, que crea la pena de inhibición hormonal del deseo sexual obligatoria, que no es otra cosa que la castración química para violadores de niños y adolescentes.

El proyecto fue aprobado en primer debate en Comisión el pasado 13 de junio, y su ponencia para segundo debate fue publicada quince días después, pero la agenda del fast track para la implementación del Acuerdo de paz ha ocupado la mayor parte del tiempo.

La sanción aplicaría para quien cometa actos sexuales como el acceso carnal con persona menor de catorce años o en su presencia, o la induzca a prácticas sexuales. Sería por un término equivalente al doble de la pena de prisión impuesta, que puede oscilar entre doce y veinte años.

Una de las autoras de este proyecto, la senadora Maritza Martínez, afirmó que, según estadísticas de la Policía Nacional, entre 2006 y 2015 cerca de 675 mil niños fueron víctimas de diversos delitos, principalmente de carácter sexual e inasistencia alimentaria.

En la última década, agregó Martínez, el ICBF ha atendido 46.045 casos de restablecimiento de derechos de menores, en donde al menos hay un indicio de una efectiva vulneración a los derechos y a la integridad sexual de un niño o adolescente. “Esto se traduce en 4.604 niños víctimas de abuso sexual al año”.

¿Obligatoria o voluntaria?

La castración química es un tratamiento médico mediante el cual se le suministra a un individuo de manera regular, en este caso un violador o abusador sexual procesado y condenado, ciertos medicamentos o sustancias químicas destinados a inhibir el deseo sexual.

Para el senador, Jimmy Chamorro, en este caso específico prima el derecho del niño, pero no solo del que ha sido abusado desde el punto de vista sexual, sino del que no lo ha sido y que necesita medidas preventivas por parte del Estado para que no lo sea.

“No se trata de crear un efecto disuasivo para que no se cometa ese tipo de delito, sino para evitar que estas aberraciones sigan sucediendo”.

Chamorro añadió que varios estudios científicos demuestran que este tipo de “criminales” no quedan persuadidos con normas que incrementan la pena, pero medidas como la castración sí lo pueden hacer.

Para el senador Germán Hoyos la iniciativa es loable en tanto propende por la protección sexual de niños y adolescentes, en el entendido que quienes comentan estos delitos deben manifestar voluntariamente su deseo de someterse a tal tratamiento.

Pero, aunque esta es una iniciativa que en principio goza del respaldo de los congresistas, pese a su lento avance, es un hecho que resulta impopular que alguien se oponga a su aprobación.

Por eso, apelando al concepto del “populismo punitivo”, el Consejo de Política Criminal, ente de consulta del Ministerio de Justicia, y el Ministerio de Salud, hicieron saber a la Comisión Primera, que “si no hay una manifestación expresa y libre, la misma rayaría con el artículo 12 de la Constitución, que enseña que nadie será sometido a penas crueles o degradantes”.

En síntesis, el concepto del Gobierno plantea que imponer la castración como pena puede resultar inconstitucional. Además, plantean la necesidad de estudios sobre la efectividad de la medida y el impacto sobre la salud mental y física de quienes sean objeto de esta sanción.

Si la ley es aprobada, el Gobierno tendrá medio año para conformar un Comité Técnico-Científico encargado de realizar el control y seguimiento a la implementación de las sanciones contempladas.

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