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El Consejo de Estado suspendió de manera provisional la realización del Tedeum, conmemoración religiosa que se realiza en ocasión de las actividades del 20 de julio cada año.
La medida cautelar la tomó la Sección Primera, con ponencia de la magistrada María Elizabeth García, quien tiene a su cargo el estudio de una demanda en contra del artículo cuatro del Decreto 770 de 1982 que expide el reglamento de protocolo y ceremonial de la Presidencia de la República.
Dicho decreto, fija el orden del día de la celebración del 20 de julio así, estableciendo en primer lugar el Te Deum en la Catedral Primada de Bogotá, el desfile Militar, un almuerzo ofrecido por el Presidente a los Altos Mandos Militares y la instalación del Congreso, entre otros.
La norma fue demandada por el abogado Miguel Ángel Garcés Villamil quien considera que la realización del Te Deum viola los artículos 1, 13 y 19 de la Constitución Política que señalan que Colombia es un Estado social de derecho pluralista y en el cual...