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Corte Suprema ratifica orden de captura contra Óscar Suárez Mira

  • Foto COLPRENSA
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25 de octubre de 2017
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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia mantuvo vigente la orden de captura que pesa, desde el 5 de noviembre de 2015, contra el excongresista Óscar Suárez Mira, señalado de incurrir en el delito de enriquecimiento ilícito de particular, relacionado con bandas criminales y paramilitares.

En decisión conocida por COLPRENSA, la Corte Suprema rechazó una petición de la defensa de Suárez Mira con la cual buscaba revocar la medida de aseguramiento que pesa contra el dirigente antioqueño, por considerar que esta ya caducó.

“En el caso en estudio se tiene que en contra de Óscar de Jesús Suárez Mira se libró orden de captura para el cumplimiento de la medida de aseguramiento de detención preventiva sin excarcelamiento y, como quiera que la medida cautelar personal no se ha cumplido y los fines constitucionales que animaron su imposición se mantienen intactos, no resulta procedente cesar la vigencia de la orden de captura librada en contra del procesado”, dice la decisión.

Sobre la medida de aseguramiento, la Corte Suprema señaló que no es cierto que ésta ya no sea necesaria pues si bien Suárez Mira ya no es congresista, la forma cómo ha evadido a las autoridades, “revela su desapego por los mandatos legales y constitucionales”.

“No existe impedimento para que éste se aparte de ellos y con su actuar pueda afectar otros bienes jurídicos radicados en cabeza de la sociedad, dando primacía a sus intereses personales, desconociendo con ello el compromiso que como dirigente político había asumido con la comunidad, traicionado así la confianza legítima en el depositada”, dice la determinación.

La Corte reiteró que en el auto de 2015 se encontró que era necesario que Suárez Mira fuera asegurado para evitar que el delito que se le endilga siga presentándose.

“(...) pues la procedencia de los dineros ilícitos que presuntamente incrementaron su pecunio, revelan su vínculo con organizaciones criminales dedicadas al narcotráfico y al paramilitarismo”, explicó la Corte.

La Corporación agregó que “(...) éste se encuentra prófugo, de donde se colige su desligue del proceso y el poco interés que le asiste acatar las decisiones adversas proferidas en su contra, circunstancia que a todas luces denota la necesidad de mantener vigente la medida privativa de la libertad, no sólo para proteger a la comunidad del actuar del sindicado, sino para tutelar además los intereses del proceso y en especial las consecuencias del mismos, si resultare necesario que éste cumpliera una privación de la libertad en virtud de una sentencia condenatoria”.

El juicio contra Suárez Mira empezará los días 12, 13, 15, 19 y 20 de febrero de 2018.

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