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¿Es o no acoso el mensaje del conductor de Uber? Esto dice la ley

  • FOTO EDWIN BUSTAMANTE
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  • ¿Es o no acoso el mensaje del conductor de Uber? Esto dice la ley
21 de marzo de 2017
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Como si Uber no tuviera suficientes problemas con los cuestionamientos sobre su legalidad y la renuncia de su presidente, Jeff Jones, la aplicación de transporte compartido fue blanco de críticas durante el fin de semana por la denuncia de un supuesto acoso de un conductor a una de las usuarias.

A través de Twitter, Juan Pablo Gaviria aseguró que un conductor de Uber le había escrito por Whatsapp a una amiga suya después de llevarla a su destino el sábado 18 de marzo.

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“¡ATENCIÓN! Algunos conductores de @Uber_Col ahora acosan a las mujeres que llevan. Esto le pasó a una amiga anoche”, escribió Gaviria para acompañar este pantallazo de la conversación de Whatsapp:

Denuncian acoso de conductor de Uber a usuaria

Uber respondió de inmediato rechazando la actuación de su conductor y le pidió a Gaviria que hiciera la denuncia formal en la página web de la empresa.

“Lo descrito por esta usuaria es inaceptable y es contrario a los términos y condiciones de uso de Uber. Estamos investigando el caso y el conductor será desactivado de nuestra plataforma”, dijeron los voceros de Uber un par de horas después.

Además, la empresa recordó que, al momento de ingresar a la plataforma, conductores y usuarios aceptan las políticas de privacidad de Uber y le dan permiso a la aplicación para acceder a muchos de sus datos personales.

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Sin embargo, “para este caso ni los conductores ni los usuarios pueden contactarse posteriormente a un viaje”, señalaron los voceros del servicio de transporte.

Hasta ahí está claro que si algún error cometió el conductor de Uber, ese fue el haber usado la aplicación para obtener los datos de su pasajera. Pero, ¿el mensaje que envió puede ser catalogado como “acoso”? La legislación colombiana dice que no.

Según el artículo 210A de la ley 599 del 2000, un acosador sexual es aquel que “en beneficio suyo o de un tercero y valiéndose de su superioridad manifiesta o relaciones de autoridad o de poder, edad, sexo, posición laboral, social, familiar o económica, acose, persiga, hostigue o asedie física o verbalmente, con fines sexuales no consentidos, a otra persona”.

Para Francisco Javier Tamayo, abogado penalista de la Universidad de Antioquia, el conductor conoció a la pasajera en “un encuentro casual, no es una relación de poder y dominio, y por eso el mensaje tal vez es un acto atrevido, pero no puede considerarse acoso desde el derecho penal”.

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“El caso de pronto llama la atención en una sociedad que quiere resolverlo todo con el derecho penal, cuando la situación se podría resolver fácilmente: no atiendo, no respondo al mensaje y ya”, opina el penalista.

El profesor aclara que la acción sí fue indebida en cuanto al uso de los datos de la plataforma, y por eso hay una sanción: Uber retiró al conductor.

Pero desde la perspectiva de Tamayo, el conductor es un hombre que quiere conquistar a una mujer y no acosarla.

“Vamos a acabar con lo romántico porque nos estamos volviendo extremadamente prevenidos. ¿Cuántos no somos hijos de un encuentro casual? La sociedad se está volviendo tan, tan prevenida, que hasta ese tipo de mensajes se censuran de manera drástica. Cualquiera entiende que ahí no hay derecho penal”, opina el abogado.

Y al igual que el penalista, muchos usuarios de Twitter vieron el mensaje con buenos ojos e incluso resaltaron la caballerosidad del conductor. ¿Valió la pena tanto escándalo?

En defensa del conductor

En defensa de la pasajera

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