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Dos semanas después de anunciar su intención de darle factultades a la Policía Nacional para decomisar cualquier dosis de droga que encuentre en las calles, el presidente, Iván Duque, dio ayer nuevos detalles sobre la medida, si bien dejó por fuera los aspectos metodológicos y cómo se ejecutará tal orden.
“Con el decreto sobre dosis mínima que expediremos en los próximos días no buscamos judicializar, ni condenar, ni multar al portador de esa cantidad, simplemente se le decomisará la sustancia” consignó el Jefe de Estado.
Hasta el momento, falta aún conocer cómo se sustentará la orden para que no choque con las sentencias de las altas cortes, que han avalado conceptos como el de la dosis mínima y la de aprovisamiento y así, se han acercado al concepto de las drogas como un tema de salud pública.
Estos dos conceptos son claves para entender la dificultad jurídica del debate.
El primero es el concepto abarcado por el Estatuto Nacional de Estupefacientes, ley 30 de 1986, en la que establece como dosis de uso personal 20 gramos de marihuana, un gramo de cocaína o cualquier otra sustancia derivada de ese alcaloide y dos gramos de cualquier barbitúrico.
En 1994, la Corte Constitucional declaró la despenalización del porte de esa cantidad de sustancia, partiendo de los principios de la autonomía y el libre desarrollo de la personalidad, así como que la drogadicción debe ser un asunto de salud y educación.
Hasta 2016, cualquier cantidad superior a las establecías implicaban la judicialización y criminalización del portador. Sin embargo, ese año la Corte Suprema declaró el concepto de la dosis de aprovisionamiento, que le da derecho al consumidor a establecer cuánto es la cantidad mínima que necesita para subsistir.
Lo hizo a propósito del caso de un soldado que fue descubierto portando 50,2 gramos de marihuana y su defensa argumentó que por su condición de acuartelamiento, el ser adicto y la imposibilidad de conseguir más, le fue necesario portar tal cantidad. Estas razones llevaron a la Corte a emitir el concepto a su favor.
Regresando a lo dicho por Duque, aclara que la orden es para decomisar y no para penalizar, además, su ministra de Justicia, Gloria María Borrero, había anticipado en declaraciones a prensa nacional que se salvarán de la medida todos quienes lleven una certificación médica que acredite su adicción.
Esta idea iría en la misma vía del proyecto de ley presentado por el fiscal, Néstor Humberto Martínez, por el cual se pretende aumentar las penas de cárcel contra el microtráfico y definir la dosis de aprovisionamiento, aún cuando esta se presume subjetiva.
El senador Armando Benedetti argumentó que la idea es inconstitucional, pues al quitar la dosis mínima, se viola la ley de 1986.
“Creer que la lucha contra el microtráfico se puede ganar con un decreto ilegal es igual a cuando se creyó que con la muerte de Pablo Escobar se acabaría el narcotráfico”, dijo.
A falta de nuevos detalles, lo único cierto es que la Policía debe actuar conforme a lo que dicta la ley y el decreto en efecto podría entrar en conflicto con ella.