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El derroche de agua también se castiga con plata

Hace un mes está vigente la medida que busca frenar el despilfarro del líquido.

  • Los encargados de verificar que hay un gasto excesivo de agua son las empresas de servicios públicos del país. FOTO archivo
    Los encargados de verificar que hay un gasto excesivo de agua son las empresas de servicios públicos del país. FOTO archivo
28 de octubre de 2015
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A comienzos de octubre el Ministerio de Vivienda y la Comisión de Regulación de Agua Potable (CRA), aprobaron la Resolución 726 de 2015 que busca castigar el consumo excesivo de agua en 26 departamentos del país y en la ciudad de Bogotá.

La normativa hace parte de las medidas tomadas por el Ejecutivo para hacer un uso racional del agua, teniendo en cuenta los reportes sobre el impacto del fenómeno de El Niño, que generará una sequía que se extenderá, al menos, hasta marzo de 2016.

Luis Felipe Henao, ministro de Vivienda, explicó que la medida se tomó para evitar situaciones críticas en cuanto al suministro del líquido y le pidió a la población hacer un seguimiento de los consumos históricos que tienen a través de sus facturas para identificar el volumen de agua que consumen y saber si están haciendo un desperdicio del líquido. “El consumo excesivo se calcula duplicando el consumo promedio que reporta una ciudad determinada”, manifestó Henao al añadir que cada ciudad tiene un cálculo de consumo promedio de acuerdo con el piso térmico en el que se encuentra y la cantidad de agua que requiere tomando como base esta tipificación.

En el caso de Medellín, que está sobre los 1.475 metros sobre el nivel del mar, lo que establece la resolución es que el consumo promedio de un hogar es de 14 metros cúbicos al mes y el tope es hasta los 28 metros cúbicos por suscriptor al mes.

“Por encima de estos valores cada metro cúbico consumido de exceso se cobrará al doble del costo de referencia, que es el valor del metro cúbico de agua antes de aplicarle contribuciones (en los estratos 5 y 6) o subsidios (estratos 1, 2 y 3). En resumen, es la tarifa que se cobra al estrato 4. O sea que cada metro cúbico consumido de exceso se le cobrará al doble de lo que se le cobra al estrato 4 de su ciudad”, informó el Ministerio de Vivienda.

De acuerdo con la resolución, están excluidos los inquilinatos, las entidades clasificadas como de servicio especial y los hogares comunitarios de bienestar.

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