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Exigir buena ortografía no es acoso laboral: Judicatura

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17 de marzo de 2016
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Exigir a un empleado que tenga buena ortografía no puede constituirse en una persecución laboral. Así lo determinó la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura al absolver al juez promiscuo del municipio de Guática, Risaralda, Manuel Antonio Marín Arredondo, quien declaró insubsistente a una empleada de su despacho por no desempeñar bien su trabajo.

Inicialmente el juez Marín Arredondo había sido sancionado con destitución e inhabilidad general por el término de 10 años por el Consejo Seccional de la Judicatura de Risaralda, luego de una queja presentada por la citadora de su despacho, quien aseguró que sufría persecución laboral porque el funcionario le hizo una evaluación de ortografía, le entregó un memorando por cerrar el Juzgado antes de la hora legal y tomarle fotos a la organización del archivo que tenía a su cargo.

La citadora, quien estaba vinculada en provisionalidad en un cargo de carrera, argumentó que el juez no tenía porqué realizarle una prueba de desempeño, porque la Ley no consagra que se deba calificar a los funcionarios en provisionalidad. El Juez se había quejado de la mala ortografía de la empleada, pues tenía a su cargo proyectar autos.

La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura al revocar la decisión de primera instancia y absolver al Juez, estableció que en este caso no se configuró acoso laboral, “lo que se evidencia es que el inculpado en ejercicio de sus facultades tomó las medidas que consideró necesarias para poder realizar un buen trabajo y prestar un buen servicio”.

“Si bien en un principio realizó a la quejosa una prueba de desempeño que no era necesaria porque se trataba de una empleada en provisionalidad, no es por esa calificación que fue motivado el acto administrativo de insubsistencia, sino como la misma quejosa lo indica, fue producto de las llamadas de atención, memorandos con copia a la hoja de vida por cerrar el Juzgado antes de tiempo, evidencias fotográficas de su trabajo (manejo del archivo) y la evaluación ortográfica y gramatical la que llevó al Juez a declararla insubsistente”, concluyó la Sala.

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