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La Corte Penal Internacional no le ha dado el visto bueno al acuerdo

Analistas coinciden en que la Jurisdicción Especial para la Paz, en el papel, cumple con el Estatuto de Roma.

  • Analistas coinciden en que la Jurisdicción Especial para la Paz, en el papel, cumple con el Estatuto de Roma. FOTO REUTERS
    Analistas coinciden en que la Jurisdicción Especial para la Paz, en el papel, cumple con el Estatuto de Roma. FOTO REUTERS
16 de noviembre de 2016
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“En esta etapa del examen preliminar, la Fiscalía no ha adoptado una posición específica o final respecto de la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, la cual todavía no ha entrado en funcionamiento”, dice el informe sobre las actividades de examen preliminar de la Corte Penal Internacional, CPI, sobre Colombia.

Diferente a como lo mostró el Gobierno cuando la fiscal de la CPI, Fatou Bensouda, celebró que Colombia hubiera alcanzado un acuerdo de paz en el que no se le diera amnistía a los responsables de delitos de lesa humanidad, esto no quería decir un “respaldo”, sino una aclaración.

“La Fiscalía revisará cuidadosamente todo cambio posible en el texto del acuerdo firmado en 26 de septiembre de 2016, luego del resultado del plebiscito nacional, en la medida que resulte relevante para el examen preliminar, así como todo proyecto legislativo posterior relativo al establecimiento de mecanismos de rendición de cuentas para los máximos responsables por los crímenes más graves”, versa el informe.

Sería prematura una decisión

Lo que dijo ayer la CPI es lo que naturalmente podría esperarse a estas alturas de la negociación con las Farc, advirtió el abogado rosarista Raúl Eduardo Sánchez, el primer colombiano en hacer parte de la barra de abogados de la CPI: “¿Qué puede decir la fiscal?, que va a estudiar el acuerdo”.

De acuerdo con Sánchez, la tarea de la Corte es básicamente revisar que lo que está escrito cumpla con los estándares, pero además hacerle un seguimiento a futuro para verificar que la JEP funcione de forma adecuada, lleve a los máximos responsables ante la justicia y se investiguen las conductas y tengan en cuenta a las víctimas.

Por eso mismo, Ricardo Asturgio Gil, docente de Derecho Internacional de la Universidad de Medellín, expresó que “es prematuro decir que la CPI puede asumir una competencia para el juzgamiento de los crímenes cometidos con ocasión del conflicto armado en Colombia, creo que lo más prudente y lo más responsable es esperar a que se termine totalmente la negociación y después esperar cómo se implementa la JEP”.

¿Y si la JEP no cumpliera?

El abogado Sánchez explicó que si la JEP no plasmara los estándares del Estatuto de Roma, así mismo como si no los cumpliera la Ley de Justicia y Paz, la CPI “tendría que comenzar su propia investigación... La CPI podría considerar que la JEP es una farsa o es un engaño o no tiene en cuenta a las víctimas o no está llevando a la justicia a los máximos responsables. Lo que podría decir es: ‘en mi opinión creo que no cumple con los estándares que estoy buscando por lo que yo voy a iniciar una investigación’”.

Así entonces la Corte podría llevar a todos los responsables de delitos de lesa humanidad, bien sean agentes del Estado, guerrilleros, paramilitares, si considera que la ley no está funcionando, “lo cual hasta el momento no ha sido el caso”, aclaró Sánchez.

Las sanciones que podrían aplicar serían decomiso, pena de prisión de hasta 70 años y en casos muy graves pueden ser prisión perpetua.

“En estos momentos todos los acusados la Corte Penal Internacional, sin excepción, son de estados africanos: Costa de Marfil, la República Democrática del Congo, la República Central Africana, porque la Corte analiza si el Estado tiene y puede investigar, en esos casos se dio que el Estado ni estaba interesado ni tenía la capacidad para llevar a cabo la investigación, en esos casos la CPI interviene”, explicó el abogado rosarista.

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