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La Corte Constitucional ajustó los detalles del fallo de 337 páginas que será enviado a los Presidentes del Senado de la República y de la Cámara de Representantes, en el que se aprobó el plebiscito por la paz.
La sentencia elaborada por la Sala Plena de la Corte Constitucional indica que para que el presidente Juan Manuel Santos convoque al plebiscito, se debe tener claridad sobre los acuerdos que se pacten en La Habana, incluso el alto tribunal advierte que las Farc deben “proscribir toda amenaza armada o fundada en cualquier modalidad de uso de la coacción o la fuerza”.
“El hecho que una de las partes en el proceso de negociación que da lugar al Acuerdo Final sea un grupo armado ilegal, no puede en modo alguno seguirse que podrán conservar su condición de alzamiento en armas para la campaña y votación del plebiscito y, en general, para todas aquellas actuaciones que sigan a la suscripción del Acuerdo Final, en tanto ello es incompatible con los derechos constitucionales de los ciudadanos...