Las víctimas requieren justicia en diferente medida, cada caso es particular y la acción del Estado no puede generalizarse. Esa es la conclusión del reciente informe del Centro Nacional de Memoria Histórica: “El derecho a la Justicia como garantía de no repetición”, que habla sobre las dificultades para que afectados por el conflicto armado accedan a este derecho.
El informe presentado concluye que “las expectativas de justicia de las víctimas son integrales y van más allá de lo que el proceso judicial puede responder, ademas, son distintas para cada víctima”.
Entre los seis casos analizados por el Centro de Memoria Histórica, hay un aparte acerca de la implementación de la justicia transicional negociada con los paramilitares.
Luz Marina Monzón, coordinadora de la investigación, espera que este trabajo sirva como aprendizaje a la implementación de los acuerdos de paz con las Farc y, en el futuro, con otros grupos como el Eln.
En el informe se considera un hito la aprobación de la Ley 975 de 2005, porque elevó “la actuación del Estado en relación con los derechos de víctimas de graves violaciones a derechos humanos”. Sin embargo, gran parte de esos ideales se quedaron en el papel.
Dicha ley incluyó un componente mínimo de castigo penal, una pena alternativa entre cinco y ocho años de prisión, y reconoció los derechos de las víctimas a la verdad, a la justicia y a la reparación. Pero fue dilatada la participación de las víctimas en los procesos de investigación y de las versiones libres de desmovilizados y los postulados a los beneficios de Justicia y Paz.
“Había vacíos y disposiciones que restringían u obstaculizaban el derecho a la verdad, como la ausencia de una exigencia a los postulados de hacer una confesión plena, completa y veraz desde la versión libre como condición para acceder a beneficios punitivos, y la definición de un plazo muy corto para que la Fiscalía investigara los crímenes de los postulados a los procesos penales especiales de Justicia y Paz”, relata el informe.