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Vía libre a la licitación del tercer canal privado de televisión

  • El Tribunal de Cundinamarca, que emitió el fallo, señaló que la normativa general garantizará, entre otras cosas, la libre competencia y el pluralismo informativo. FOTO Cortesía Colprensa
    El Tribunal de Cundinamarca, que emitió el fallo, señaló que la normativa general garantizará, entre otras cosas, la libre competencia y el pluralismo informativo. FOTO Cortesía Colprensa
07 de junio de 2016
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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca resolvió un incidente de desacato y decidió dar vía libre al Gobierno Nacional para iniciar la licitación del tercer canal privado de televisión en Colombia.

De acuerdo con el Tribunal, las comisiones técnica y jurídica ordenadas por el Consejo de Estado en 2014 han cumplido con los requisitos para iniciar con la licitación, por lo que no existe un impedimento para frenar el proceso, según lo ordenado por el máximo tribunal administrativo.

“Como puede verse, la orden del Consejo de Estado fue la de expedir la normativa general que garantice la libre competencia, el pluralismo informativo teniendo en cuenta los aspectos relativos a la organización del mercado, y el acceso a las redes y, de otro lado, la comisión de regulación de comunicaciones viene señalando que en la actualidad se cuenta con un marco regulatorio aplicable a los operadores de televisión”, señala el fallo.

El Tribunal destaca que la reglamentación en la que se daría la licitación “comprende y garantiza” el otorgamiento de la concesión del espectro para la prestación del servicio de televisión nacional a un nuevo operador.

En ese sentido, según el Tribunal de Cundinamarca, se han implementado “las condiciones de la provisión del servicio, la protección a los usuarios, la calidad del mismo, y el acceso a la infraestructura de las redes”.

La Sección Cuarta del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en un fallo de 67 páginas, finaliza diciendo que se comunicará de la decisión a todas las partes, incluyendo al Gobierno.

“El Tribunal declara cumplido el fallo de acción popular de 27 de marzo de 2014, y su posterior aclaración realizada el 26 de junio de 2014 proferido por el Consejo de Estado, por parte del Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la Agencia Nacional del Espectro, la Comisión de Regulación de Comunicaciones y la Comisión Nacional de Televisión, hoy Autoridad Nacional de Televisión, de conformidad con las razones expuestas en la parte motiva”, resolvió el Tribunal.

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