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Se amplía el espectro de multas y se reducen otras más.
Expertos creen que la cárcel para evasores no se cumplirá.
Con la reforma tributaria no solo se ajustaron las tarifas de los impuestos, como en el caso del IVA y su incremento de tres puntos en la tarifa general (19 %), también se modificaron los porcentajes y topes de las sanciones al no cumplirle a la Dian.
Casos como la extemporaneidad, ya no solo implicarán multas para las personas naturales, ahora también aplicará para el IVA y el recién creado monotributo, como impuesto alternativo.
Sin embargo, la reforma redujo el monto de algunas sanciones para motivar el pago de las obligaciones.
La tributaria aprobada contempla que la omisión del impuesto de renta y complementarios tendrá una multa de un 20 % del valor de las consignaciones bancarias o a igual porcentaje de los ingresos brutos que aparezcan...