No importa si usted tiene un ayudante para labores domésticas que le dé una mano por horas, días, semanas o meses. Piense no solo en quien va a hacer aseo, también va para una persona que le arregla el jardín o le limpia la piscina. Como empleador usted está obligado a hacer el pago de la prima a su trabajador, teniendo en cuenta el tiempo laborado y el dinero que usted desembolsa.
Hace cuatro años un fallo de la Corte Constitucional dictaminó que los trabajadores domésticos estaban en una suerte de desventaja frente a los demás por no contar con ese pago extra de mitad y cierre de año. En ese momento el argumento que se utilizó para no otorgar el pago a quienes desarrollaban estas labores se basó en que los hogares no eran unidades productivas...