Si usted es propietario de un vehículo, de reciente adquisición o con algunos años de uso y disfrute, debe prepararse para realizar pagos este año que son obligatorios y que le permitirán continuar con el usufructo de ese bien sin que las autoridades en cualquier momento le puedan inmovilizar el carro y aplicar una fuerte multa.
Un repaso a los gastos que tendrá que hacer con su vehículo en los próximos meses.
Impuesto de rodamiento
Conocido como Impuesto sobre Vehículos Automotores o de rodamiento, es un gravamen de carácter nacional, cedido a los gobiernos departamentales que son las entidades que realizan el recaudo.
Aplica para todos los vehículos nuevos y usados que transitan en el país.
La tarifa que debe pagarse es el resultado de una tabla de avalúo de los vehículos que cada año publica el Ministerio de Transporte teniendo en cuenta aspectos como marca, clase, línea, cilindraje, número de pasajeros, capacidad de carga y año modelo.
El monto de impuesto depende del valor del avalúo determinado por la entidad. En vehículos particulares, hasta 20 millones de pesos es el 1.5 por ciento de ese valor.
Carros con un avalúo de más de 20 millones hasta 45 millones, deben pagar el 2.5 por ciento; y vehículos de más de 45 millones, el 3.5 por ciento.
En el caso de Antioquia, explica Daniel Ramírez, de la firma Condutrámites, por ordenanza departamental se autorizó un descuento en el valor del impuesto, del 7% si el pago se hace hasta el 18 de marzo.
A partir del 19 de marzo y hasta el 15 de julio se cobrará el valor pleno del impuesto. Y del 19 de julio en adelante se deberá cancelar, además, una sanción por extemporaneidad de 149 mil pesos.
Semaforización
Esta es una obligación de carácter municipal que pagan cada año los propietarios de los vehículos matriculados en un organismo de tránsito. No existe una fecha específica para el pago. Se puede cancelar a lo largo del año en el organismo de tránsito respectivo. En el caso de Medellín esta tarifa estaba exonerada desde 2010 hasta el año pasado. Para 2016 aún no se ha determinado si seguirá con esta política o habrá un nuevo cobro.
Si usted es propietario de vehículo registrado en Medellín puede comunicarse con la línea 445 77 77 para determinar si deberá pagar este concepto o no.
Soat
Es el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito. Todo propietario de vehículo debe tener este seguro que lo cubre en caso de accidentes con personas afectadas. Su vigencia es anual y la tarifa está regulada por el Ministerio de Transporte, de acuerdo con el modelo del vehículo.
Para vehículos particular la tarifa va desde 259 mil hasta los 437 mil pesos, de acuerdo a la vida útil que tengan los automotores, según señala Seguros Mundial en la información de su sitio web.
Existe otro seguro, pero este es voluntario y lo expiden las firmas aseguradoras del país, que protege al propietario del vehículo, al carro mismo y a terceros.
Revisión técnico-mecánica
Este es un procedimiento que debe hacerse en todos los vehículos que circulen en el país. En el caso de los automóviles particulares, la primera revisión es a los seis años a partir de su fecha de matrícula (diferente al año modelo). A partir de ese momento debe hacerse cada 12 meses.
Desde el próximo jueves 14 de enero, revela Elizabeth Montoya, subgerente de Car Center, la tarifa a pagar por este procedimiento será regulada por el Ministerio de Transporte, que fijó un piso y un techo, rango en el que los CDA podrán hacer el cobro, de acuerdo con su estructura de costos.
En el caso de vehículos livianos la tarifa piso es equivalente a 4.97 salarios mínimos legales diarios vigentes (Smldv), $114.219; en tanto que el techo es de 5.96 Smldv, o $136.971.
A este monto se le debe agregar, además, el valor correspondiente al IVA, y una contribución al Runt por 3.100 pesos.