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La Corte Constitucional reiteró que la libertad de expresión no es un derecho ilimitado y que por ello se extiende a las redes sociales como Facebook. Por esa razón, ordenó a una usuaria a rectificar un comentario realizado en la red social en contra de otra persona que le debía dinero y al parecer no le había pagado.
“La libertad de expresión no es un derecho que carece de límites, pues como se observó, las frases injuriosas que denoten falta de decoro, vejaciones, insultos, expresiones desproporcionadas y humillantes, que evidencien una intención dañina y ofensiva, no con un fin legítimo, sino por el contrario, difamatorio, parcial, erróneo, entre otros, no son cubiertas por la protección establecida en el artículo 20 de la Constitución”,...