Colombia

MinInterior expone claves del decreto para abordar la protesta social: “ni un espacio más para quien destruye”

El ministro del Interior, Rodrigo Lara, detalló que la norma busca “equilibrar los derechos de quien protesta con los de quien no participa” y dio otros detalles.

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hace 7 horas

El ministro del Interior, Rodrigo Lara, se pronunció con respecto a un proyecto de decreto que busca redefinir el actuar de la Fuerza Pública en espacios de protesta social.

El proyecto modificaría el Decreto 003 de 2021, conocido como el Estatuto de la protesta, para definir cómo deben actuar las autoridades cuando una manifestación presenta actos de violencia desde el inicio y en qué casos se entiende agotado el diálogo.

Esto ha generado debate entre quienes están a favor y en contra de la medida. Frente al tema, Lara expuso varios puntos en los que dejó claro que el Gobierno no tolerará actos de violencia e indicó, precisamente, cómo los definirían.

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Dijo que el proyecto “es respetuoso” de la protesta social “y ha cumplido con todo el proceso de consulta que exige la norma”. Con esto último se refiere a un mecanismo legal y obligatorio en el país, que se usa para poner el borrador a disposición de la ciudadanía y así recibir observaciones y aportes.

Es decir, cualquier ciudadano puede proponer modificaciones, eliminar puntos o apoyar artículos específicos.

Lara también aseguró que el decreto “busca equilibrar los derechos de quien protesta con los de quien no participa. Ni un derecho menos para quien marcha. Ni un espacio más para quien destruye”.

El ministro expuso, a su vez, que la incomodidad que puede generar una protesta no será entendida como un acto violento. “El trancón no es violencia. La incomodidad no me es violencia”, dijo el ministro.

Pero luego dejó claro qué sí puede entenderse como violento. “Agredir, portar armas, retener personas o impedir una ambulancia, sí (es violencia)”. Finalmente, reitera que “el diálogo no se cierra: sigue con quien marcha y, a la vez, se actúa contra quien agrede”.

En una línea similar habló el presidente Abelardo de la Espriella hace unos días, cuando se refirió a las protestas que se presentan en campus universitarios. “La protesta pacífica tiene garantías. El terrorismo y el vandalismo urbano, no”, dijo el primer mandatario.

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Claves del proyecto: intervención de la Fuerza Pública y causales para agotar el diálogo

Hay varias claves en el proyecto. Una está en el nuevo artículo 2A, que dicta que si desde el inicio se identifican armas de fuego, explosivos, retención de personas, agresiones a terceros, periodistas o misiones médicas, o destrucción de infraestructura, el deber de privilegiar el diálogo se entenderá cumplido con el despliegue de gestores de convivencia y equipos de diálogo. Pero eso no frena la actuación contra quienes ejecuten los actos violentos, que podrá ser simultánea.

En términos de cuándo se agota el diálogo, el decreto fija ocho causales que el PMU (Puesto de Mando Unificado) debe verificar y dejar en acta: impedir el paso de ambulancias, afectar servicios hospitalarios, portar armas, destruir infraestructura, entre otras.

Las molestias y los ruidos propios de una marcha no cuentan. Tampoco los bloqueos, que por sí solos no le quitan el carácter pacífico a la protesta. Y el agotamiento del diálogo, aclara el texto, no autoriza el uso generalizado de la fuerza.

Las autoridades también quedan obligadas a habilitar corredores solidarios —franjas libres para ambulancias, bomberos, personas mayores, gestantes y niños— y, tras una jornada con afectaciones, tendrán 72 horas para publicar un balance de heridos, daños y denuncias.

Garantías y plazo de consulta pública en el Ministerio del Interior

El borrador del decreto conserva la prohibición de armas de fuego para el uniformado y la no intervención de las Fuerzas Militares. La etapa de comentarios para el Ministerio del Interior cierra el 4 de octubre y pueden ser enviados a direccionjuridica@mininterior.gov.co.

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Bloque de preguntas frecuentes

¿Cuándo se entiende por agotado el diálogo en una protesta según el nuevo decreto?
El decreto establece ocho causales específicas que debe verificar el PMU, como el porte de armas, agresión a misiones médicas, retención de personas, afectación a servicios hospitalarios o destrucción de infraestructura.
¿Los bloqueos o el tráfico en las marchas se considerarán actos de violencia?
No. El ministro Rodrigo Lara aclaró que los trancones, el ruido y la incomodidad propia de las movilizaciones no constituyen violencia ni quitan el carácter pacífico a la protesta social.
¿Hasta cuándo y dónde se pueden enviar comentarios sobre el borrador del decreto?
La ciudadanía puede enviar observaciones hasta el 4 de octubre de 2026 al correo electrónico de la dirección jurídica del Ministerio del Interior: direccionjuridica@mininterior.gov.co.