Este es el delito por el que la prima de Karol G está pagando una condena de 26 años en la cárcel El Buen Pastor
Diana Patricia Giraldo, prima de Karol G, volvió a la opinión pública tras una entrevista desde la cárcel El Buen Pastor. Condenada a 26 años y 8 meses, su caso plantea dudas sobre los beneficios judiciales a los que puede acceder.
El caso de Diana Patricia Giraldo, prima de la cantante Karol G y condenada por el delito de secuestro extorsivo, volvió a generar controversia tras una entrevista concedida desde la cárcel El Buen Pastor, donde cumple una pena superior a los 20 años. Su testimonio no solo reabrió la conversación sobre su vínculo con la artista paisa, sino que permitió aclarar cuál es el delito por el que paga prisión y qué posibilidades reales tiene —o no— de acceder a beneficios judiciales.
Durante el diálogo con el videopódcast Conducta delictiva, Giraldo recordó que su captura ocurrió en 2013, cuando fue señalada de participar en un secuestro extorsivo, delito por el que fue sentenciada a 26 años y 8 meses de cárcel. La mujer reiteró que su involucramiento estuvo asociado, según su versión, a presiones de su entonces pareja, pero reconoció que ha tenido que asumir la responsabilidad penal y emocional de lo ocurrido.
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En la entrevista relató los momentos más complejos de su reclusión, la manera en que ha intentado reconstruir su vida en el penal y el papel emocional que ha cumplido la familia, especialmente Karol G, quien la visitó en prisión para entender en qué punto iba su proceso y preguntarle cómo podía apoyarla.
Giraldo insistió en que no ha recibido ningún privilegio judicial ni trato preferencial por ser familiar de la artista.
¿Qué delito paga y por qué su condena no permite beneficios?
Para aclarar los alcances jurídicos del caso, EL COLOMBIANO consultó al abogado penalista Andrés Arteaga Franco, quien explicó que el secuestro extorsivo es uno de los delitos más graves contemplados en el Código Penal colombiano.
“En el caso del secuestro extorsivo simple, la pena oscila entre 320 y 504 meses de prisión, es decir, entre 26 años y 8 meses y 42 años. Por su parte, la modalidad agravada tiene una pena más severa: entre 448 y 600 meses, lo equivalente a 37 años y 4 meses hasta 50 años”, señaló el experto. En el caso de Giraldo, la condena se impuso en el mínimo legal del rango: 26 años y 8 meses.
Arteaga Franco, afirmó que, de acuerdo con información consultada, la sentencia ya superó todas las instancias procesales, incluida la casación ante la Corte Suprema, lo que significa que existe cosa juzgada y no hay posibilidad de reversar la condena.
El penalista también enfatizó que, por la gravedad del delito —considerado incluso de lesa humanidad en algunos marcos internacionales—, la ley prohíbe expresamente beneficios como:
- Rebajas de pena.
- Sustitución por prisión domiciliaria.
- Suspensión condicional.
- Libertad condicional.
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“Las únicas excepciones serían situaciones extraordinarias, como una grave enfermedad certificada, edad avanzada con incompatibilidad médica para estar en prisión, o un caso comprobado de padre o madre cabeza de hogar cuando el menor quede totalmente desprotegido. Fuera de estos escenarios excepcionales, la pena debe cumplirse de manera efectiva en establecimiento carcelario”, explicó el abogado.
Más de 12 años en prisión
Giraldo lleva ya más de 12 años privada de la libertad, tiempo durante el cual ha participado en programas de resocialización, estudios y actividades internas. Aunque ha manifestado esperanza frente a la posibilidad de algún beneficio, el marco legal vigente hace que su permanencia en la cárcel continúe al menos hasta completar la totalidad de la condena, salvo decisión excepcional de un juez de ejecución de penas.
Mientras tanto, su testimonio ha reavivado la curiosidad pública sobre su caso, sus años en prisión y la relación que mantiene con Karol G, quien —dice— ha sido un apoyo afectivo, pero sin intervenir en sus asuntos judiciales.