Economía

Se acaban los pagos elevados por reconexión: fijan topes máximos y reducen tarifas hasta en 97%; vea cuánto le deben cobrar

La nueva regulación entrará en vigencia el 17 de julio de 2026 y establece límites obligatorios para los cobros de reconexión en servicios móviles, internet fijo, telefonía fija y televisión por suscripción en Colombia.

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16 de junio de 2026

La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) expidió una nueva regulación que establece por primera vez topes máximos obligatorios para el cobro por reconexión de los servicios de telecomunicaciones suspendidos por falta de pago en Colombia.

La medida fue anunciada el 16 de junio de 2026 en Bogotá y comenzará a aplicarse desde el 17 de julio del mismo año, con el propósito de limitar los valores que pueden cobrar los operadores cuando decidan aplicar este concepto y garantizar que dichos montos correspondan a los costos asociados al restablecimiento del servicio.

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La decisión da cumplimiento a lo establecido en la Ley 2485 de 2025, que ordenó la definición de límites para evitar que los cobros de reconexión superaran los costos eficientes de la operación. Aunque la normativa vigente ya señalaba que estos valores debían responder a criterios de eficiencia, la nueva regulación convierte ese principio en un límite verificable y de obligatorio cumplimiento para todos los operadores del sector.

Hasta ahora, las empresas de telecomunicaciones podían establecer los valores de reconexión dentro del marco regulatorio existente, lo que generaba diferencias entre prestadores y cobros que en algunos casos superaban el costo de restablecer el servicio. Con la nueva regla, los operadores que mantengan este cobro deberán respetar los topes establecidos por la CRC.

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Nuevos valores máximos para servicios móviles y fijos

En el caso de los servicios móviles, el valor promedio que pagaban los usuarios por una reconexión era de $6.800. A partir de la entrada en vigencia de la regulación, el cobro máximo autorizado será de $285, lo que representa una reducción cercana al 96%.

Según explicó la CRC, este menor costo se debe a que la reconexión en telefonía móvil se realiza principalmente mediante procesos automatizados y remotos a través de los sistemas de los operadores, sin requerir desplazamientos de personal técnico o intervenciones en el domicilio del usuario.

Para los servicios de internet fijo, telefonía fija y televisión por suscripción, la entidad definió topes diferenciados teniendo en cuenta las condiciones técnicas, territoriales y económicas de los distintos operadores:

1. Operadores que concentran cerca del 85% del mercado: el cobro máximo por reconexión será de $1.232, frente a valores que en algunos casos alcanzaban los $39.000, lo que representa reducciones de hasta el 97%.

2. Operadores pequeños con menos de 30.000 accesos: el límite establecido será de $10.269, debido a condiciones operativas relacionadas con menores economías de escala, redes con mayor dispersión territorial y una mayor probabilidad de requerir intervenciones técnicas en campo. De acuerdo con la CRC, este ajuste representa reducciones superiores al 69% frente a los valores reportados por algunos proveedores.

En términos generales, para la mayor parte del mercado de servicios fijos el cobro máximo será de $1.232, mientras que los operadores de menor tamaño tendrán un límite de $10.269.

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La regulación no obliga a cobrar por reconexión

La CRC indicó que la nueva normativa no exige a las empresas aplicar un cobro por reconexión. Los operadores que actualmente ofrecen este servicio de manera gratuita podrán mantener esa condición y aquellos que decidan cobrar deberán ajustarse a los límites definidos.

Los topes fueron calculados con base en la información reportada por los propios operadores y mediante la metodología de Modelos de Empresa Eficiente desarrollada por la CRC durante más de una década. El objetivo es que los usuarios paguen únicamente los costos asociados al restablecimiento del servicio, sin incluir conceptos adicionales ajenos a esta operación.

La regulación tampoco modifica las obligaciones de pago de los usuarios ni elimina la posibilidad de suspensión del servicio cuando exista mora. Una vez se realice el pago correspondiente, los operadores contarán con un plazo de hasta tres días hábiles para efectuar la reconexión del servicio.

La CRC señaló: ”Quien se pone al día no debe enfrentar un cobro desproporcionado para recuperar su servicio. La reconexión debe costar lo que cuesta reconectar, nada más. Con esta decisión, la CRC convierte el mandato de la Ley 2485 de 2025 en una regla verificable para el mercado y en un alivio concreto para los usuarios. En la CRC trabajamos para que las reglas del sector protejan a los ciudadanos, promuevan la transparencia y se traduzcan en ahorros reales para los usuarios”.

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