Emergencia económica sacude al sector eléctrico: Gobierno crea dos nuevos impuestos para las generadoras
A través de un nuevo decreto, el Gobierno impuso a las empresas generadoras una contribución parafiscal y una contraprestación en energía, con el fin de redistribuir los costos del desequilibrio del sector eléctrico.
Periodista de la Universidad de Antioquia. Especialista en Gestión de la Comunicación en las Organizaciones. Antes en El Tiempo. Premio Camacol (2024) y Asobancaria (2021 y 2024).
El sector de generación de energía eléctrica también quedó cobijado por la emergencia económica decretada por el Gobierno Nacional. El pasado 21 de enero, el Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 0044 de 2026, con el que busca trasladar recursos desde las empresas generadoras que aún mantienen niveles de rentabilidad hacia aquellas que enfrentan un grave deterioro financiero,en medio de la crisis que sacude al sistema.
La norma crea dos nuevas figuras: una contribución parafiscal y una contraprestación en energía,con las que el Ejecutivo pretende redistribuir parte de los costos derivados del actual desequilibrio del sector.
De acuerdo con el Ministerio de Minas y Energía , el objetivo central es garantizar la continuidad del servicio y evitar la quiebra de compañías en riesgo, entre ellas Air-e, que actualmente permanece bajo intervención de la Superintendencia de Servicios Públicos.
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"Este no es un decreto contra el sector eléctrico, es un decreto para salvarlo de la falta de acción de gobiernos anteriores y de decisiones que han asfixiado la política fiscal para la prestación del servicio. Actuamos para evitar un riesgo sistémico real que podría dejar a millones de colombianos sin energía si no se tomaban decisiones oportunas y responsables", afirmó el ministro de Minas y Energía, Edwin Palma.
Contribución parafiscal para sostener el sistema eléctrico
El artículo primero del decreto creó una nueva contribución parafiscal destinada a fortalecer el Fondo Empresarial de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. Los recursos recaudados se utilizarán para financiar las acciones asociadas a los procesos de intervención que se adelantan en empresas de servicios públicos.
Según el Gobierno, este mecanismo fija una tarifa del 2,5% sobre la base gravable y está diseñado para respaldar las actuaciones necesarias que permitan asegurar la continuidad, calidad, cobertura y sostenibilidad del servicio público de energía eléctrica.
La obligación de realizar estos aportes recaerá sobre las empresas de servicios públicos domiciliarios que desarrollen actividades de generación. En este grupo se incluyen labores como el transporte de energía desde las redes regionales de transmisión hasta el usuario final —conexión y medición incluidas—, así como actividades complementarias de generación, comercialización, transformación, interconexión y transmisión.
Cómo se calculará la base gravable
Para determinar la base gravable, el decreto establece que esta corresponderá a la utilidad antes de impuestos obtenida durante la vigencia de 2025, conforme a los estados financieros elaborados bajo las disposiciones del Código de Comercio.
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En los casos en los que las empresas desarrollen actividades mixtas, la base solo tendrá en cuenta la utilidad atribuible a la prestación del servicio público domiciliario de energía eléctrica en la actividad de generación.
Fechas y esquema de pago
El pago de la contribución se realizará en dos etapas. La primera será el 2 de febrero, cuando las empresas deberán cancelar un 1,25%, calculado de manera preliminar con base en los estados financieros de 2024.
Esta información deberá ser reportada a la Superintendencia de Servicios Públicos a través del Sistema Único de Información (SUI). Este abono funcionará como un anticipo de la contribución total y no modificará la base gravable correspondiente a 2025.
El segundo pago se efectuará el 15 de mayo de 2026 y corresponderá al 1,25% restante. Para esa fecha, las empresas deberán presentar sus estados financieros consolidados y aprobados de 2025, con base en los cuales la Superintendencia realizará el ajuste final del valor total y descontará el pago inicial.
El decreto también establece que las empresas obligadas deberán reportar toda la información requerida a través del SUI. En caso de mora, se aplicarán intereses a la tasa máxima autorizada por la Superintendencia Financiera.
Aporte en energía: la contraprestación tributaria
El artículo segundo de la norma introdujo un aporte en especie que deberán asumir las empresas dedicadas a la generación de energía hidráulica que participan en el Mercado de Energía Mayorista con despacho centralizado.
Este aporte equivale al 12% de la energía efectivamente comercializada en la bolsa del mercado mayorista y será distribuido de forma proporcional entre las empresas intervenidas, con una liquidación mensual.
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El decreto aclara que este mecanismo no tendrá efectos sobre las tarifas que pagan los usuarios ni alterará el despacho económico ni los precios del mercado.
Precio de la energía y beneficio tributario
La norma establece que la energía entregada se valorará al menor precio entre el registrado en la bolsa de energía y el costo promedio de los contratos bilaterales del mercado mayorista del mes anterior, calculado en pesos por kilovatio hora ($/kWh).
Además, el valor de la energía aportada podrá descontarse en un 50% del impuesto de renta a cargo de la empresa aportante. Para acceder a este beneficio, durante los primeros 10 días de cada mes el Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC) expedirá una certificación en la que se detallará la cantidad de energía entregada, el precio aplicado y el valor total del aporte del mes anterior.
Este documento será el único soporte válido para aplicar el descuento en la declaración de renta del período correspondiente. Si el valor del descuento supera el impuesto a pagar, el saldo podrá utilizarse en la siguiente vigencia fiscal.
El ministro Palma subrayó que estas medidas son excepcionales, y temporales y que no tendrán impacto en las tarifas ni en la formación de precios del mercado.
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“Este decreto no se traslada a la factura de los usuarios, no altera el despacho económico ni cambia las reglas del mercado. Su objetivo es proteger a la gente y las empresas del sector para garantizar la continuidad del servicio y evitar que una crisis financiera, creada por algunos congresistas, entre ellos los de la bancada Caribe, que al parecer desean que su región y el país entero termine en apagones”, agregó.