Economía

¿Se salva de la reforma pensional? Conozca si entra o no al régimen de transición

Descubra los detalles del régimen de transición pensional en Colombia, las semanas cotizadas requeridas y cómo la nueva fecha de la Corte impacta o no su jubilación.

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hace 3 horas

La aprobación del 90% de la reforma pensional por la Corte Constitucional abrió una nueva etapa para el sistema de pensiones colombiano. Aunque la Ley 2381 de 2024 modifica las reglas con las que millones de personas accederán a su pensión, no todos los afiliados quedarán sometidos a ese nuevo esquema.

Uno de los puntos que más genera preguntas es el popular “régimen de transición”, que fue diseñado para proteger a quienes ya llevan una parte importante de su vida laboral cotizada.

La regla de este régimen establece diferencias entre hombres y mujeres: 750 semanas para las mujeres y 900 semanas para los hombres.

Además, la Corte Constitucional fijó el 1.º de abril de 2027 como fecha para la entrada en vigencia de la reforma. Este cambio de fecha resulta determinante, porque modifica el escenario que inicialmente se planteó cuando la Ley 2381 fue sancionada.

A continuación, le explicamos paso a paso todo lo que debe saber para entender si usted hace parte de este grupo privilegiado y qué debe hacer para asegurar su futuro.

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¿Qué es el régimen de transición de la reforma pensional?

El régimen de transición permite que determinados afiliados continúen pensionándose bajo las reglas de la Ley 100 de 1993, en lugar de quedar sometidos a las nuevas condiciones establecidas por la reforma pensional.

El artículo 75 de la Ley 2381 de 2024 establece que las personas que cumplan el requisito de semanas definido por la norma podrán continuar bajo la aplicación de la Ley 100 de 1993 y las disposiciones que la modifiquen, deroguen o sustituyan.

La condición es la siguiente, como se mencionó: para las mujeres, 750 semanas cotizadas o más. Para los hombres, 900 semanas cotizadas o más.

Sin embargo, la fecha en la que se determina ese número de semanas se convirtió en uno de los principales puntos de discusión después de que la entrada en vigencia de la reforma fuera trasladada a abril de 2027.

¿Cuál es la nueva fecha de entrada en vigencia de la reforma pensional?

Inicialmente, la reforma contemplaba su entrada en vigencia para el 1.º de julio de 2025. Bajo ese escenario, el Ministerio de Salud y Protección Social precisó que las semanas para establecer quiénes tenían derecho a la transición se contabilizarían hasta el 30 de junio de 2025.

Pero la Corte Constitucional fijó el 1.º de abril de 2027 como nueva fecha de entrada en vigencia del sistema. De acuerdo con información por fondos de pensión, esto abre la posibilidad de que quienes todavía no habían alcanzado las 750 o 900 semanas puedan continuar cotizando y completar el requisito antes de la entrada en vigor del nuevo sistema.

Abogados expertos en Derecho Laboral y Seguridad Social explicaron que, al haberse trasladado la entrada en vigencia de la Ley 2381 a abril de 2027, también se traslada el momento para determinar el cumplimiento del requisito de semanas.

En otras palabras, para los trabajadores que están cerca del umbral se abre un margen adicional para completar las semanas requeridas. Según los expertos, esto representa casi dos años adicionales frente al escenario que existía con la fecha original de julio de 2025.

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¿Cómo saber si una persona está en el régimen de transición?

El primer paso es revisar la historia laboral y verificar cuántas semanas aparecen acreditadas. El material suministrado plantea como referencia el corte del 30 de junio de 2025 para establecer las semanas bajo la interpretación inicial del Ministerio de Salud. En ese escenario, una mujer debía tener al menos 750 semanas y un hombre, 900.

Por eso es fundamental no mirar únicamente el saldo actual de semanas. También hay que revisar los periodos efectivamente cotizados y comprobar que toda la trayectoria laboral esté correctamente registrada.

Esto es particularmente importante para quienes están cerca del límite, porque una inconsistencia en la historia laboral podría significar que no aparezcan semanas que sí fueron cotizadas.

¿Qué semanas cuentan para la transición?

El artículo 75 contempla que para determinar el cumplimiento del requisito pueden tenerse en cuenta las semanas cotizadas en los regímenes contemplados por la Ley 100 de 1993.

Esto incluye tanto el Régimen de Prima Media como el Régimen de Ahorro Individual. También pueden contabilizarse semanas cotizadas al antiguo Instituto de Seguros Sociales, así como tiempos de servicio como servidor público y periodos aportados a cajas, fondos o entidades del sector público o privado.

Además, la norma contempla aportes realizados en el exterior, ya sea de forma voluntaria o mediante convenios internacionales de seguridad social, siempre que esos periodos permitan completar las semanas necesarias para la transición.

¿Qué pasa si las semanas aparecen registradas después?

Este es otro punto que puede generar confusión. El hecho de que una cotización aparezca registrada o pagada posteriormente no necesariamente significa que esas semanas deban descartarse.

MinSalud precisó que, si una persona completó las semanas requeridas antes del 1.º de julio de 2025, pero la planilla mediante la cual se hizo el pago fue presentada o pagada después, la administradora debe considerar el periodo cuando los aportes correspondan a meses anteriores a julio de 2025.

Por eso, la revisión no debe concentrarse exclusivamente en la fecha en que aparece registrado el pago. Lo determinante es identificar a qué periodo corresponden las cotizaciones.

Revise su historia laboral antes de tomar decisiones

El afiliado debe consultar su historia laboral en la administradora en la que está o estuvo afiliado y comprobar que los periodos de cotización estén completos. También debe verificar que el número de semanas corresponda efectivamente con los aportes realizados.

Si encuentra inconsistencias, debe solicitar la corrección de la historia laboral ante la administradora correspondiente.

Este procedimiento puede adquirir especial importancia para quienes están cerca de las 750 semanas, en el caso de las mujeres, o de las 900, en el caso de los hombres. Un periodo laboral que no esté contabilizado puede modificar la situación del afiliado frente a la transición.

La Ley 2381 también establece que el Ministerio del Trabajo y Colpensiones determinarán la metodología para verificar las semanas cotizadas relacionadas con el periodo de transición.

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¿Qué ocurre si no tiene 750 o 900 semanas?

Quienes no cumplan el requisito establecido para la transición no quedan cobijados por este régimen.

Bajo la regla descrita en el artículo 75, una mujer con menos de 750 semanas o un hombre con menos de 900 semanas no tendría derecho al régimen de transición y, en principio, quedaría sometido a las disposiciones del nuevo sistema en los términos correspondientes.

Esto convierte las semanas cotizadas en uno de los elementos centrales para determinar cómo será el futuro pensional de cada afiliado.

No basta, por tanto, con saber en qué fondo está una persona. También es necesario establecer cuántas semanas tiene, de dónde provienen y si están correctamente acreditadas.

¿Cuántas personas podrían estar en transición?

El alcance del régimen todavía está siendo cuantificado. De acuerdo con una estimación de Asofondos, al menos 3 millones de personas podrían entrar en este nuevo capítulo del sistema pensional. Sin embargo, tras la decisión de la Corte Constitucional, la asociación se encuentra realizando un sondeo para establecer con mayor precisión cuántos afiliados quedarían efectivamente cobijados.

Colpensiones también trabaja en su propia estimación. La razón es que el cálculo debe considerar tanto a quienes ya se encuentran cerca del umbral como a quienes podrían alcanzar las semanas necesarias antes de la fecha de entrada en vigencia de la reforma.

Los fondos privados tienen alrededor de 20 millones de afiliados y han pensionado a unas 400.000 personas desde su creación en los años noventa. Por su parte, Colpensiones tiene casi 7 millones de afiliados y 1,7 millones de pensionados.

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Las claves que debe tener en cuenta un afiliado

Para entender si una persona puede quedar cobijada por el régimen de transición, hay varios pasos que resultan fundamentales.

1. Debe conocer su número real de semanas cotizadas.

2. Debe revisar que su historia laboral no tenga periodos faltantes.

3. Debe identificar si existen aportes realizados en diferentes regímenes, cajas, fondos, entidades públicas o privadas o incluso en el exterior que puedan ser contabilizados.

4. Si existen inconsistencias, debe solicitar su corrección ante la administradora.

5. Debe diferenciar el régimen de transición de la oportunidad especial de traslado. El primero determina quién puede continuar bajo las reglas de la Ley 100; el segundo abre una posibilidad de traslado bajo condiciones específicas y previa doble asesoría.

El cambio de fecha de entrada en vigencia de la reforma, del 1.º de julio de 2025 al 1.º de abril de 2027, es el elemento que ahora concentra buena parte de la atención de los trabajadores próximos al umbral. Para quienes están cerca de las 750 o 900 semanas, respectivamente, esos meses adicionales de cotización pueden resultar determinantes para definir bajo qué reglas se pensionarán.

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