Atendiendo al llamado de los gobiernos departamentales y locales que buscan en trabajo aunado con el Gobierno nacional una forma para frenar el alto número de contagios de la covid-19, el ejecutivo nacional emitió este miércoles nuevas directrices a aplicarse en el país para evitar más contagios.
Según los nuevos parámetros establecidos por el Gobierno nacional, las medidas restrictivas para algunas localidad de Antioquia estarían de acuerdo al nivel de ocupación de camas UCI. Bajo esta óptica, en municipios como Rionegro, cuyo nivel de ocupación de camas es del 99.05 por ciento, las restricciones serían: toque de queda entre las 7:00 p.m. y las 5:00 a.m. desde el 7 de enero hasta el 12 de enero. Además, entre el 12 y el 16 de enero, habrá restricciones a la movilidad de personas y vehículos entre las 8:00 p.m. y las 12:00 de la noche.
Se permitirán los servicios domiciliarios y las excepciones contenidas en el decreto 1076 de 2020. En este rango de restricciones entrarían todos los municipios cuyo rango de ocupación de camas UCI esté entre el 85% de ocupación en adelante, como por ejemplo Medellín, que tiene 87.02 % de ocupación; Itagüí (86.67 % de ocupación), Bello (98.25%) y La Ceja (100% de ocupación), según datos de la Gobernación de Antioquia.
El otro rango de restricción sería para aquellos municipios cuya ocupación esté en un porcentaje del 80 %. En este rango, las restricciones serían no poder circular personas ni vehículos en lugares públicos entre las 8:00 de la noche y las 5:00 de la mañana desde el 7 de enero hasta el 12 de enero.
Las siguientes restricciones estarían, según la circular emitida ayer por el Gobierno nacional, para municipios cuya ocupación de camas UCI esté en un rango entre el 70% y el 79% de ocupación. En Antioquia tendríamos, entre estos a: Envigado, cuya ocupación es del 77.78 %, y Turbo, que tiene el 70 por ciento de camas UCI ocupadas.
Para este tipo de municipios, las restricciones serían: restricción de las cirugías no prioritarias, pico y cédula para todo tipo de actividad comercial, prohibición de todo tipo de reuniones públicas y privadas, restricción de la movilidad entre las 10:00 de la noche y las 5:00 de la mañana, desde el 7 de enero hasta el 12 de enero. Se permiten los servicios domiciliarios y las excepciones contenidas en el Decreto 1076 de 2020.
Además, la limitación del piloto de bares y restaurantes para la venta y consumo de bebidas alcohólicas hasta máximo las 7:00 p.m., mientras se mantenga el alto nivel de ocupación.