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Congreso hundió las objeciones de Duque a los tiempos de respuesta de los derechos de petición

Los tiempos de entrega para los derechos de petición volverán a ser de 15 días hábiles, aseguró Juanita Goebertus.

  • La votación fue de 58 a 0. FOTOS COLPRENSA y CAPTURA DE PANTALLA
    La votación fue de 58 a 0. FOTOS COLPRENSA y CAPTURA DE PANTALLA
19 de abril de 2022
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Este martes el Congreso de la República hundió las objeciones que el presidente Iván Duque había presentado contra la ley que normaliza la entrega de respuesta –por parte de las instituciones públicas– de los derechos de petición.

“El Gobierno debe normalizar los tiempos de respuesta del derecho de petición. Gracias infinitas a todas las organizaciones sociales que se sumaron a este esfuerzo”, indicó la Congresista Juanita Goebertus.

La votación en el Senado fue de 58 votos a favor de rechazar las objeciones de Duque y cero en contra. Con este rechazo, el presidente deberá estampar su firma para darle sanción.

Los tiempos de respuesta de los derechos de petición se habían cambiado en marzo de 2020. Para entonces, y con motivo de las dificultades de la pandemia, el Ejecutivo decretó –bajo la figura del Estado de emergencia– que las instituciones públicas tuvieran un margen de 30 días para responder a los derechos de petición (pasó de 15 a 30 días hábiles).

Desde abril del 2021 se radicó en el Congreso la propuesta para reversar estos plazos. La iniciativa fue aprobada en sus cuatro debate y cuando pasó a sanción presidencial, Duque la objetó porque consideró que la pandemia aún no ha terminado.

Este martes, el legislativo decidió no considerar el argumento presidencial. Por tanto, el proyecto de ley 473 de 2021 deberá volver a la Casa de Nariño para que Duque lo firme y normalice los tiempos de entrega de los derechos de petición.

En su momento, Goebertus afirmó que “duplicar los tiempos para la respuesta del derecho de petición ha generado un perjuicio muy grande en el control político, en la veeduría ciudadana y en la capacidad del periodismo investigativo. En la práctica, ha limitado el derecho de acceso a la información pública”.

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