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En la asamblea de empleados y trabajadores se definirá el próximo miércoles si la sede Medellín decide unirse al paro indefinido de la Universidad Nacional que ya ejecutan Bogotá y Palmira desde el pasado lunes.
Así lo expresó Eduardo Alexánder Pérez, representante del Comité Pro Mejora Salarial, quien indicó que este martes estarán enfocados en actividades de de propaganda y en la reunión que se desarrollará el miércoles a las 9 de la mañana habrá luz verde sobre la decisión adoptada por la sede de la Unal en Antioquia.
Pérez, recalca que hubo grupos poblacionales a los que no les aumentaron y que a pesar de que han insistido en el diálogo con las directivas de la institución de educación superior, hasta ahora estas reuniones no se han presentado.
Comunicado de la Dirección de la Universidad Nacional
Las directivas, por su parte, expresaron por medio de un comunicado los esfuerzos que han realizado en los últimos años para ajustar los salarios
1. El esfuerzo que llevó a cabo la Universidad a través del proceso de ajuste a la Senda Salarial significó un Incremento Promedio Ponderado del 25,12% para el año 2014 para los empleados públicos administrativos, sustentado en los principios de equidad, complejidad, proporcionalidad y responsabilidad.
2. En el caso de los trabajadores oficiales, teniendo en cuenta que su vinculación está regida por la Ley 6ª de 1945 y el Decreto Reglamentario 2127 de 1945, la Universidad tiene suscrita una Convención Colectiva de Trabajo desde 1997, que establece un incremento salarial anual del 11%, independientemente de lo que acuerde el Gobierno Nacional en esta materia.
En consecuencia, durante el período 1997–2014, los trabajadores oficiales de la Universidad se han beneficiado de un incremento acumulado de su remuneración del 554,36%, equivalente a más de dos veces el comportamiento de la Inflación acumulada (212,43%).
3. Un beneficio del que gozan los servidores públicos de la Universidad es el Colegio IPARM, adscrito a la Sede Bogotá. Los salarios de sus docentes se rigen por lo previsto en la Ley 115 de 1996 y los Decretos 2277 de 1979 y 1278 de 2002, razón por la cual no pudieron ser incluidos en el proceso de ajuste a la Senda Salarial.
4. Finalmente, es de aclarar que las reclamaciones que se han conocido únicamente a través de los medios de comunicación, difundidas por el autodenominado Comité Pro Mejora Salarial, no se encuentran consignadas en los pliegos radicados por las organizaciones sindicales de trabajadores administrativos de la Universidad legalmente constituidas (Sintraunicol y Sintraunal).