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Exconcejal fue capturado por promover “los Urabeños” en su Facebook

  • La Policía Nacional capturó a Neider Alberto Acosta Ibarra, exconcejal del municipio de El Molino (La Guajira). CORTESÍA POLICÍA
    La Policía Nacional capturó a Neider Alberto Acosta Ibarra, exconcejal del municipio de El Molino (La Guajira). CORTESÍA POLICÍA
13 de abril de 2016
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La Policía Nacional capturó a Neider Alberto Acosta Ibarra, exconcejal del municipio de El Molino (La Guajira), quien el pasado 3 de abril escribió en las redes sociales un mensaje incitando a que el ‘Clan Úsuga’ asesinara miembros de la Policía de carreteras.

Según explicó el coronel Tito Yesid Castellanos, comandante del Departamento de Policía de La Guajira, a las 3:25 de la tarde del pasado 3 abril, en un puesto de control de la Policía ubicado en el kilómetro 48 de la vía que del municipio de El Molino (La Guajira) conduce a San Juan del Cesar, un patrullero detuvo la marcha de un vehículo conducido por el exconcejal.

Al solicitarle los documentos del vehículo, Acosta Ibarra solo presentó la licencia de tránsito, que en los registros de las autoridades tenía pendientes varios comparendos que le fueron notificados por los agentes de tránsito, lo cual molestó al conductor que comenzó, según relataron los uniformados implicados, a lanzar una serie de amenazas que luego hizo públicas a través de su cuenta de Facebook: “Ojalá el ‘Clan Úsuga’ acabe con todos los policías de carreteras (...) Ladrones, apoyo al Clan Úsuga”.

Tras las denuncias recibidas por la ciudadanía, que alertaban sobre los ataque lanzados en la red, la Policía inició una investigación que culminó con la captura, en El Molino, del exconcejal Acosta, de 30 años, quien deberá responder por los delitos de instigación a delinquir, injuria y calumnia.

Este es el segundo escándalo en el que se ve envuelto Acosta, pues en agosto de 2015 fue denunciado penalmente ante la Fiscalía de Villanueva (La Guajira) por lesiones personales contra otro concejal y su esposa.

Las autoridades aclararon que el soporte normativo en el que se basaron para detener a este sujeto es el artículo 7 de la Ley 1482 de 2011 la cual estipula que: “El que por cualquier medio difunda ideas o doctrinas que propicien o justifiquen las conductas constitutivas de genocidio, o pretendan la rehabilitación de regímenes o instituciones que amparen prácticas generadoras de las mismas”, incurrirá en penas entre seis a diez años de prisión, y pagar multas entre quinientos a mil salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de cinco a diez años.

Finalmente, la Policía Nacional invitó a los ciudadanos a hacer bueno uso de las redes sociales y evitar las publicaciones que hagan apología del delito e inciten a la violencia.

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