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Las reuniones y fiestas hechas de manera clandestina en tiempos de pandemia siguen siendo una problemática a pesar de las diferentes medidas restrictivas impuestas por las autoridades como toques de queda, como en el caso del Valle de Aburrá.
Tan solo entre la noche del sábado y la madrugada del domingo pasado, en el área metropolitana la Policía atendió 214 llamados por reuniones privadas, fiestas clandestinas y eventos que estaban perturbando la tranquilidad por exceso de ruido.
En medio del segundo pico de la pandemia que están enfrentando diferentes territorios en Colombia, ha revivido el debate sobre la posibilidad de iniciar procesos de extinción de dominio contra los bienes inmuebles en los que se hagan fiestas clandestinas.
Wilman Vargas, alcalde del municipio de Puerto Colombia, Atlántico, propuso en octubre de 2020 que cualquier local, bodega o casa en donde se realizara una fiesta clandestina fuera objeto de investigación para una posible extinción de dominio, pero ¿es posible materializar este proceso?
Al respecto EL COLOMBIANO consultó a Rafael Felipe Gómez, abogado experto en el sector inmobiliario, quien aseguró que la Fiscalía sí puede iniciar este tipo de procesos por fiestas clandestinas, ya que se trata de eventos prohibidos en medio de la emergencia sanitaria.
“Con base en lo dispuesto en la Ley 1708 del 2014 la Fiscalía General de la Nación podría inclusive decretar medidas cautelares una vez se abra la investigación en contra del inmueble donde se hacen las fiestas clandestinas”, apuntó Gómez.
Y es que según el experto, el ente investigador tiene la potestad de emprender la acción legal contra el inmueble cuando el organizador de la fiesta sea individualizado y se le judicialice por violar la medida sanitaria e incurrir en acciones que facilitan la propagación de epidemias.
“Se debe tener en cuenta que una persona que organiza una fiesta clandestina no solamente está incurriendo en el tipo penal cuando esta se materialice, sino que además está promoviendo que otras personas también así lo hagan”, explicó el abogado.
A pesar de ese contexto, según el experto, si bien es cierto que los propietarios de los inmuebles pueden verse expuestos a la ocupación de la propiedad con fines de extinción de dominio, la aplicación de la ley es “subjetiva” de acuerdo a cada caso.
“Subjetiva en el sentido que nunca se ha aplicado de manera 100 % estricta. En esos casos se hace un análisis respecto de la gravedad de aquella actuación que ha recaído sobre el inmueble y, con base en ello, se decide la apertura o no de dicha acción”, aseguró.
¿Y si el inmueble es arrendado?
En caso tal de que el propietario de una vivienda en alquiler se vea involucrado en la apertura de una investigación por fiestas clandestinas, debe demostrar que no arrendó su inmueble para que se desarrollen este tipo de actividades ilegales.
Según el experto, se debe constatar que en el contrato de arrendamiento se dispuso de una destinación específica para el uso del inmueble, y aclarar si en algún punto se advirtió que no se podía desarrollar este tipo de actividades en la propiedad.
“Injusto e inequitativo sería pensar que por aquella actividad que el arrendatario realiza, viera yo en riesgo la titularidad sobre mi inmueble. Ahí ya estaríamos en un escenario de incumplimiento contractual, por tanto el propietario no tendría razón para que su inmueble esté en riesgo de ocupación con fines de extinción de dominio”, aseguró Gómez.
No obstante, planteó que si se inicia este proceso y los vecinos demuestran que ya se había contactado al propietario y se habían enviado cartas sobre el caso, se deben dar explicaciones sobre las medidas que se tomaron para evitar que se realizaran las fiestas ilegales.
“Cuando sea el propietario directamente el que esté promoviendo este tipo de actuaciones otra será la historia y en ese sentido tendrán que ser las medidas que, para el efecto, tome la Fiscalía General de la Nación”, apuntó.
Sobre la medida de extinción de dominio por la realización de fiestas clandestinas, el experto planteó que realmente no ha sido una estrategia aplicada de forma estricta en el país, a pesar de la gravedad de organizar y hacer este tipo de eventos en plena pandemia.
Por eso, resaltó que hacen falta más controles a estas actividades ilegales que terminan, según él, afectando en mayor medida al comercio legal y organizado, ya que ante el aumento de contagios de covid-19 se ordenan cierres y restricciones como ley seca y toques de queda.
Periodista, apasionado por la historia, la geopolítica y los documentales. Hago preguntas desde que tengo uso de razón. Egresado de la Universidad Eafit.