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La Sala Penal de la Corte Suprema dio vía libre para la extradición del capitán retirado Andrés Fernando Medina por su presunta responsabilidad en el atentado con carro bomba a la sede de la Brigada 30 del Ejército en Cúcuta que dejó más de 30 heridos, incluidos tres estadounidenses.
La decisión del alto tribunal avaló la extradición por los cargos de tentativas de homicidio de los militares estadounidenses y el concierto para cometer homicidios. Por esa razón, la Corte del Distrito Sur de Florida en Estados Unidos lo estaba pidiendo.
En un inicio, Medina fue requerido por los cargos de concierto para asesinar a miembros de los servicios uniformados, proporcionar apoyo material a terroristas, uso de un arma de destrucción masiva e intento de asesinato a miembros de los servicios uniformados.
Por dichos delitos, fue capturado el 22 de julio de 2021, pero se declaró inocente y dijo que buscaría un preacuerdo con la Fiscalía para entregar información y rebajar su pena. Sin embargo, la Corte le dio total credibilidad al indictment y determinó que “se acreditó que Medina Rodríguez conocía a la perfección que el ataque terrorista iba dirigido, además del personal militar colombiano, contra personal militar estadounidense que se encontraba al interior de esa brigada en Cúcuta”.
Así mismo, para el alto tribunal “el propósito de este ataque terrorista planeado era matar al personal militar estadounidense y colombiano que trabajaban en esa base militar colombiana”, además tuvo en cuenta las pruebas como transcripciones de audio y video en lo que Medina grababa a los soldados para identificar cuáles eran los “gringos”.
Por otro lado, la Fiscalía colombiana determinó que Medina habría transportado la camioneta hasta Tibú donde fue acondicionada con explosivos para, posteriormente, entrar a las instalaciones militares para que explotara el 15 de junio de 2021.
Por eso, le imputaron los cargos de terrorismo agravado, homicidio agravado en grado de tentativa, concierto para delinquir agravado, daño en bien ajeno agravado, y fabricación, tráfico y porte de armas, municiones de uso restringido, de uso privativo de las Fuerzas Armadas o explosivos agravado.
El primer condenado por este atentado en Colombia fue para alias “Aurelio”, quien, según el ente investigador, fue el principal articulador de las disidencias del frente 33 de las Farc a quien se le atribuye la autoría del hecho.
“La decisión se toma contra Aurelio Suárez Pérez, quien no tuvo otra salida que aceptar su responsabilidad en este acto repudiable. Alias Aurelio reconoció los delitos de concierto para delinquir, terrorismo, homicidio en grado de tentativa, daño en bien ajeno y fabricación y tráfico y porte de armas de uso restringido de las fuerzas militares”, afirmó el fiscal General, Francisco Barbosa. Por eso, una juez penal especializada de Cúcuta lo sentenció a 30 años y 4 meses de prisión.