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Los 10 puntos críticos de la jurisdicción para la paz

La autonomía de los tribunales que juzgarán a las Farc y sus beneficios levantan ampolla.

  • La autonomía de los tribunales que juzgarán a las Farc y sus beneficios levantan ampolla. FOTO Shutterstock
    La autonomía de los tribunales que juzgarán a las Farc y sus beneficios levantan ampolla. FOTO Shutterstock
17 de diciembre de 2015
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El tan esperado acuerdo sobre víctimas y justicia entre las Farc y el Gobierno, dejó a unos satisfechos por el sistema de verdad, y a otros preocupados por el nuevo aparato judicial.

Jaime Arrubla, exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia, se pregunta de dónde saldrá el dinero para la reparación. “Las Farc dicen que no tienen plata, ¿entonces todos los ciudadanos pagaremos por sus atrocidades?”.

El expresidente Álvaro Uribe dice que con la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) “el secuestro y asesinato de soldados y policías (disculpa en combate) no será castigado”, mientras que Sergio Jaramillo, Alto Comisionado para la Paz, acota que “este sistema de juzgamiento es de garrote y zanahoria”.

A continuación, los artículos cuestionados de la JEP que vienen con el acuerdo firmado .

1. Podrá anular las penas anteriores

Los art. 9, 33 y 42 dicen que JEP “ejerce funciones judiciales de manera autónoma” y absorberá la competencia sobre las conductas ligadas al conflicto. Anulará sanciones penales, disciplinarias y administrativas. Según el senador José Gaviria, esto augura el regreso de la inhabilitada Piedad Córdoba.

2. Beneficios así no sean actor armado

Art. 32 afirma que la JEP se aplicará a los procesados por delitos ligados al conflicto, “así no pertenezcan a org. armadas en rebelión”. Según esto, ¿los beneficios de la JEP llegarán a las bandas? El senador Iván Duque dice que esto “revive juicio a civiles en Jurisdicción para la Paz”.

3. Condenas sin inhabilidad política

El art. 36 dice que “la imposición de sanciones no inhabilitará para la participación política”, lo que abre la puerta para el Secretariado y cabecillas. Arrubla recuerda que la Corte Constitucional ya prohibió los cargos de elección popular para autores de crímenes de lesa humanidad, “¿entonces dónde van a gobernar?”.

4. ¿Secuestro de FF.AA. será amnistiable?

El art. 39 habla de conexidad con el delito político e incluye “la aprehensión de combatientes en operac. militares”. ¿Habrá amnistía por casos de militares que duraron una década secuestrados? Sergio Jaramillo dice que eso depende del Tribunal de Paz, pero que esos casos son crímenes de guerra, que no son amnistiables.

5. Condenas no se basan en rangos

El art. 44 dice que los agentes del Estado tendrán tratamiento equitativo y que su culpa no podrá basarse solo en la línea de mando. Por este factor fueron sentenciados famosos oficiales como Uscátegui. ¿Se caerán esos casos? Según los art. 9, 33 y 42 es posible, dice Arrubla.

6. Una justicia sin otras instancias

Los art. 56 y 57 rezan que las sentencias de JEP solo podrán ser modificadas por la misma JEP, incluyendo amnistías e indulto. Implica que no hay tribunales por encima, que lo que diga es la última palabra. Para Arrubla, “esto crea una república independiente en materia de justicia”.

7. Jerarquías no implican culpabilidad

El art. 59 dice que “la responsabilidad del mando no podrá fundarse solo en la jerarquía”. Implica que a los comandantes no los podrán culpar por todos los crímenes de su tropa, como sí ocurre con los “paras”. Arrubla enfatiza que “si aquí había una maquinaria de guerra, los máximos responsables son los cabecillas”.

8. Otro ente con atributos de fiscalía

El art. 67, sobre la constitución de la Unidad de Investigación y Acusación, sugiere que no hará parte de Fiscalía. ¿Será un órgano que la reemplaza? Jaramillo dice que no, aunque su funcionamiento no está desarrollado en el texto, “podrá tener un apoyo fuerte de la Fiscalía”.

9. Jep entraría a operar a los 3 meses

El art. 70 reza que el Estado debe poner a funcionar el aparato de la JEP a más tardar 3 meses después del Acuerdo Final. Si se cumplen plazos, sería en junio de 2016. ¿Es tiempo suficiente para montar ese sistema? Arrubla cuestiona esto, “se trata de jueces nuevos; con esa premura, ¿qué calidad de justicia habrá?”.

10. Nueva unidad contra bandas

El art. 74 dice que antes del Acuerdo Final se debe crear “una unidad de investigación y desmantelamiento de las organizaciones criminales, incluyendo las sucesoras del paramilitarismo”. ¿Significa que la que hoy existe en la Fiscalía, patrocinada por E.U., no sirve?

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