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Las discusiones y los cambios que trae la reforma a la justicia

La transformación pretende actualizar las herramientas de la rama, pero tiene un ‘mico gigante’ y ha sido objeto de críticas.

  • La Corte Constitucional revisará la nueva ley estatutaria de administración de justicia. FOTO Archivo El Colombiano

    La Corte Constitucional revisará la nueva ley estatutaria de administración de justicia. FOTO

    Archivo El

    Colombiano

24 de junio de 2021
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Reformar la justicia de manera integral fue por muchos años una tarea imposible en el Congreso de la República. Solo fue hasta la última legislatura (que está en sesiones extras, pero culminó el pasado 20 de junio) que se aprobó un robusto articulado que podrá modificar la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia.

Para César Valderrama, director de investigaciones en la línea de Sistema Judicial del centro de pensamiento Dejusticia, los intentos fallidos de transformar la justicia que se dieron en el pasado no fueron en vano, ya que se lograron ajustes y consensos entre las cortes. “Estas reformas siempre son dificultosas y la agilidad (con la que se aprobó la última) tiene que ver con que si no pasaba, se hundía”, señaló el investigador.

El debate no estuvo exento de polémica, pues algunas voces expertas señalan que aunque la iniciativa da pasos adelante en materia de equidad de género y actualización tecnológica no resuelve problemas crónicos del sistema judicial, flexibiliza los requerimientos para cargos claves y despierta dudas respecto a los datos en los que se basaron para armar las políticas públicas que propone.

Valderrama destacó algunos puntos positivos de la iniciativa. Uno de ellos, dijo, fue la implementación de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, creada por la Reforma de Equilibrio de Poderes de 2015, aunque sus primeros magistrados fueron nombrados apenas en diciembre del 2020.

Su función es, principalmente, juzgar a abogados, empleados y funcionarios judiciales. Vino a sustituir a la Sala Jurisdiccional del Consejo Superior de la Judicatura. “Ahora hay una mejor regulación en ese sentido, eso era algo que estaba faltando”, dijo Valderrama.

La actual Reforma a la Justicia “le va a dar la posibilidad a la Comisión Nacional de Disciplina Judicial de no tener que esperar a que le lleguen los casos en segunda instancia, sino que los va a poder seleccionar cuando se advierta una alta gravedad”, dijo Hernando Herrera, director de la Corporación Excelencia en la Justicia, quien agregó que esto podría ayudar a que se atiendan con eficiencia en casos de eventual corrupción, indebido ejercicio judicial o en el actuar de los abogados.

La inyección presupuestal

En el artículo 87 quedó consignado que “en el año fiscal siguiente a la entrada en vigencia de la presente ley el presupuesto de gastos asignado a la rama judicial, para honrar funcionamiento e inversión, será equivalente al 3 % del presupuesto de rentas y de recursos de capital del tesoro nacional”, para este año equivaldría a $9,3 billones.

De acuerdo con Valderrama, una de las motivaciones de esta medida es aumentar la autonomía económica para garantizar que los jueces actúen de forma independiente. “Sin embargo, esa independencia en Colombia en términos generales ha sido buena, si se compara con los diseños que hay en América Latina”.

No obstante, la financiación sí ha despertado controversia. Esta semana se hizo pública una carta del 9 de junio que envió el ministro de Hacienda, José Manuel Restrepo, al jefe de la cartera de Justicia, Wilson Ruiz. “Este Ministerio le solicita revisar la conveniencia de adoptar este tipo de iniciativas que si bien pueden representar beneficios para el sector justicia podría verse afectada la estabilidad económica y fiscal de la nación”, dice la misiva.

Eso sí, el Ministerio de Hacienda incluyó los costos de la reforma a la justicia en el Marco Fiscal de Mediano Plazo, que es el informe anual que le presenta esa cartera al Congreso en materia fiscal y económica.

Paridad de género

Otro aspecto que fue destacado, por ejemplo, desde el Ministerio de Justicia, fue el avance en equidad de género, que está en el artículo 19. “Los procesos de convocatoria estarán diseñados para asegurar el cumplimiento de los principios de paridad, alternancia y universalidad en la participación de las mujeres dentro de las listas y ternas”, reza el texto.

Sin embargo, María Adelaida Ceballos, abogada y candidata a doctora de la Facultad de Leyes de la Universidad McGill (Canadá), sostuvo que “es un lenguaje nada vinculante, es más una recomendación”. Y señaló que se puede generar una confusión debido a que lo que plantea la norma ya se implementa en la actualidad.

“El Consejo Superior de la Judicatura lleva un par de años haciendo listas paritarias, o casi paritarias, para las otras cortes cuando le compete formularlas”, manifestó. “Es una norma blanda en el sentido en que no establece obligaciones concretas y duras para que esa equidad se concrete en el mediano plazo”, agregó.

De igual manera, Ceballos dijo que considera “loable que lo hubieran incluido en su razonamiento, que en el debate ya estemos discutiendo sobre la importancia de la equidad de género en los procesos de convocatoria es muy necesario”.

Digitalización

En cuanto a modernización se refiere, el texto propone la actualización tecnológica de la rama judicial. El Consejo Superior de la Judicatura actualizará cada dos años un Plan de Transformación Digital que implica la implementación de un expediente digital, el cual busca mejorar el acceso a la información de la ciudadanía.

César Valderrama opinó que si bien esto va a mejorar el acceso a la justicia de los ciudadanos que usan la tecnología, podría no replicarse en la parte de la población que no cuenta con internet. “Estamos haciendo un trabajo en el que analizamos a partir de una encuesta del 2016 cómo se relaciona el acceso a la justicia y las condiciones socioeconómicas de la gente, contó Valderrama. “Nos dimos cuenta de que tener internet aumenta las probabilidades de acceder a la justicia”, explicó.

Manifestó que la intención de actualizar la tecnología con la que opera la rama judicial es una “buena señal”, pero dijo que las brechas de acceso a la justicia pueden agravarse si “esta política de digitalización no viene acompañada de una política del Ministerio de Comunicaciones y Tecnologías de la Información que permita aumentar la conectividad en más lugares”.

Recordó, a su vez, que no es suficiente con dotar a la población de dispositivos, sino que hace falta pedagogía para que se socialice el uso correcto de estas herramientas entre la población.

Fredy Machado, presidente de la Asociación Nacional de Funcionarios y Empleados de la Rama Judicial, explicó que mientras hay abogados litigantes a los que se les facilita la virtualidad, hay otros que prefieren apostarle a la presencialidad. Y señaló que estos últimos están solicitando que se abran los juzgados (la mayoría continúa cerrada).

Sostuvo que hace falta impulsar una cultura digital entre los abogados. Y propuso que se les den clases para aprender a usar las herramientas tecnológicas como parte de la transformación digital que desea promover la Reforma a la Justicia.

Jueces itinerantes

En el parágrafo del artículo 2 de la reforma se establece que el Consejo Superior de la Judicatura “podrá crear despachos judiciales, jueces y magistrados de apoyo itinerantes”. Estos funcionarios podrán “tramitar y resolver” los casos de los despachos que les sean asignados.

Según Machado, “eso se presta para trasladarlos y para que no haya una estabilidad laboral”, concluyó Machado.

Por su parte, Valderrama dijo que “si hay incumplimiento (de las sentencias) con jueces permanentes, que estando ahí no logran hacer efectivas sus decisiones, entonces con jueces itinerantes vamos a tener más dificultades para implementarlas”.

Pero sí cree que se debe atender el desbalance laboral que hay entre unos funcionarios y otros. “Hay jueces en ciudades grandes cuya carga de trabajo es muy alta y jueces en municipios en la que es baja”, explicó. Y dijo que otra estrategia que podría implementarse sin necesidad de aumentar la burocracia tiene que ver con “modificar las reglas en el reparto (de los casos) entre los jueces que ya existen”. “Esto requiere información empírica, se necesitan datos que nos digan en qué circunscripciones hay más carga de trabajo. Y eso es lo que está haciendo falta”, sostuvo.

El “mico” en el articulado

El tema que más críticas despertó de esta reforma tiene que ver con el parágrafo 2 del artículo 67. Según el texto, para los cargos de fiscal general, procurador general, defensor del pueblo y registrador nacional hay que ser abogado, pero se puede aportar la experiencia requerida en otras carreras como “ciencia política, gobierno, finanzas, relaciones internacionales, economía, administración de empresas y administración pública”.

Es decir, un abogado recién graduado que tenga, por ejemplo, una experiencia de diez años en finanzas podría ser ternado como fiscal general.

María Adelaida Ceballos advirtió que “todos son cargos con enormes responsabilidades en política pública y también tienen a su cargo plantas de personal gigantescas”. Añadió que por eso “deberían llegar los mejores” y señaló que en vez de flexibilizar los requisitos, deberían fortalecerse para garantizar esa meta.

Lo que faltó por resolver

Para Francisco Bernate, presidente del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia, esta reforma “no toca el gran desafío de la justicia colombiana hoy en día, que es la virtualidad”, dijo Bernate. “El reto no es solo la digitalización, sino mantener la virtualidad en la justicia”, añadió.

Según advirtió, también quedan en el aire otras necesidades insatisfechas en el sistema. “No se ve la meritocracia, no se ve hacia dónde se van a destinar los recursos y no hay mejoría en la infraestructura”, apuntó Bernate.

Por su parte, David Suárez, docente de Derecho Constitucional de Eafit, anotó que “no puede perderse de vista que esta no fue una reforma a la justicia, sino a la Ley estatutaria de administración de justicia 270 de 1996”, y en ese entendido, la nueva normativa no va a solucionar los grandes problemas que tiene la justicia colombiana, entre los cuales citó el acceso, la lucha contra la impunidad y la congestión judicial.

En cambio, Hernando Herrera sostuvo que “señalar que esta reforma es la única para solucionar toda la problemática de la justicia es desconsiderado, porque las leyes estatutarias tienen un fin específico”. Advirtió que hay avances en materia de tecnología y presupuesto.

Con otra norma, argumentó, habría que impulsar el incremento “de los casos de única instancia, darle más valor a la cosa juzgada (que haya definición ágil de los procesos y cierre pronto de los mismos) y eliminar recursos dilatorios”.

Entretanto, Valderrama dijo que uno de los puntos que pasaron por alto los legisladores tiene que ver con los datos y las opiniones que tiene la ciudadanía del sistema. “Creo que se les escapó un elemento muy importante que es recolectar información de las personas, de las necesidades jurídicas y de la demanda de justicia que hay”.

Y enfatizó en que este trabajo debe hacerse de la mano del Departamento Nacional de Planeación y del Dane. Recordó que la última encuesta nacional de necesidades jurídicas se realizó en 2016 y no ha vuelto a aplicarse.

“Lo que llama la atención es cómo venimos haciendo políticas públicas sin tener evidencia empírica para ello”, dijo. “Es como si lo estuviéramos haciendo solo con buenas intenciones”, agregó

1,8
millones de procesos ingresaron de forma efectiva al sistema judicial en 2020.
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