La Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) emitió el primer auto de determinación de hechos y conductas con el que se imputaron cargos a los antiguos miembros del Secretariado de las Farc.
En dicho decisión consideró que “el Secretariado tiene responsabilidad por el crimen de lesa humanidad de privaciones graves de la libertad y el crimen de guerra de toma de rehenes. También de otros crímenes de guerra y de lesa humanidad cometidos en relación con los secuestros como homicidio, desaparición forzada, torturas, tratos crueles, violencia sexual y desplazamiento forzado”.
De hecho, este hallazgo llevó al cambio de nombre del caso 01, anteriormente denominado retenciones ilegales por parte de las Farc, hoy se llama “Tomas de rehenes y graves privaciones de la libertad cometidas por las Farc”. De acuerdo con el presidente de la JEP, Eduardo Cifuentes, “esto significa que estos hechos y estas conductas se han revisado a la luz del Derecho Internacional Humanitario (DIH) que equivalen a crímenes de guerra y a delitos de lesa humanidad. Las necesidades económicas, de control territorial y sus estrategias para liberar a sus guerrilleros presos no podían hacer que los civiles fueran convertidos en mercancías y que fueran tratados como animales. Aquí se violó el principio de distinción y de dignidad obligaba a una actuación distinta”.
Los mismos hechos fueron crímenes de lesa humanidad cuando tuvieron la intención, y la implementaron, de atacar de manera sistemática y generalizada a la población civil en los lugares donde esa guerrilla hacía presencia. Entre estos están las privaciones graves de la libertad, así como los homicidios, torturas, tratos crueles, violencia sexual y desplazamientos forzados que se dieron al tiempo con los secuestros.
En este expediente se encontraron 21.396 víctimas de secuestro identificadas con nombre y cédula, de las cuales 79% corresponden a hombres y el 21% a mujeres, el 5 % eran niños o adolescentes para el momento de los hechos. En este caso hay 2.546 víctimas acreditadas, las cuales recibieron traslado de las versiones y 1.098 hicieron observaciones que sirvieron de insumo para la elaboración del auto.
Los responsables de estos hechos son los antiguos miembros del Secretariado que están sometidos a la JEP: Rodrigo Londoño Echeverry, Pablo Catatumbo Victoria, Pastor Lisandro Alape Lascarro, Milton de Jesús Toncel, Juan Ermilo Cabrera, Jaime Alberto Parra, Julián Gallo Cubillos y Rodrigo Granda Escobar. La responsabilidad individual varía según los cargos de mando asumidos durante el conflicto armado.
En el auto se especifican los cargos que cada uno de los excomandantes guerrilleros deberán enfrentar a título de coautores mediatos o responsables por línea de mando.
De acuerdo con la magistrada Julieta Lemaitre, presidenta de la Sala de Reconocimiento, “este es el primer Auto de Determinación de Hechos y Conductas de la Jurisdicción, que es la antesala a la Resolución de Conclusiones y los juicios ante el Tribunal para la Paz. A esta decisión sobre el Secretariado se sumarán en el año otras decisiones en las que se determinará la responsabilidad de los mandos medios y los ejecutores directos”.
En conclusión, la Sala de Reconocimiento de la JEP estableció la responsabilidad de los antiguos miembros del Secretariado de las Farc por las órdenes de secuestrar que dieron, así como por su omisión de control de los malos tratos que padecieron las víctimas. La Sala ha determinado que la gravedad del trato que vivieron las víctimas se presentó, en algunos casos, con independencia de su condición como civiles o miembros de la fuerza pública. Esto quiere decir que algunos militares y policías privados de la libertad sufrieron condiciones de igual gravedad que los civiles, y estas condiciones fueron crímenes de guerra.
¿Qué sigue?
La magistrada Lemaitre explicó que los exguerrilleros imputados tienen 30 días hábiles para reconocer los hechos y conductas o rechazar las imputaciones hechas. También pueden reaccionar aportando argumentos o evidencia adicional. Las víctimas acreditadas y el Ministerio Público tienen el mismo plazo para reaccionar frente a lo determinado en el Auto.
Al terminar el periodo de 30 días hábiles, y recibir la respuesta de los comparecientes, la JEP decidirá si fija una fecha para una Audiencia de Reconocimiento, al considerar que hay reconocimiento y aporte a la verdad plena. Si los comparecientes niegan su responsabilidad, se remitirá el caso a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP.
Si hay reconocimiento, una vez realizada la Audiencia de Reconocimiento, la Sala adoptará una resolución de conclusiones que remite al Tribunal de Paz para que este imponga una sanción propia si es el caso. Esta sanción debe ser consultada con las víctimas, debe tener un propósito reparador, y puede incluir restricciones efectivas de la libertad y otros derechos.
En lo que resta del año, la Sala de Reconocimiento emitirá otros autos de determinación de hechos y conductas para cada uno de los bloques de la extinta guerrilla de las Farc-EP, de manera que los antiguos mandos medios y los ejecutores de los hechos puedan también reconocer o rechazar las imputaciones realizadas en lo que les corresponde.
Las Farc responden
“El secuestro fue un gravísimo error del cual no podemos sino arrepentirnos”, dijeron los exmiembros del secretariado de las Farc y agregaron: “Hoy en día entendemos el dolor que les causamos a tantas familias, que vivieron un infierno esperando tener noticias de sus seres queridos... Les arrebatamos lo más preciado: su libertad y su dignidad”.
Y agregaron: “Solo podemos reiterar nuestro compromiso y voluntad en rendir cuentas ante la justicia; dar las explicaciones de los por qué y los cómos y comprometernos ante la sociedad colombiana, que hoy más que nunca reclama justicia y verdad por tanta violencia, invertir cada día del resto de nuestras vidas a recomponer el mapa de los desaparecidos y a buscar sus restos para entrgarlos a sus seres queridos, a luchar por la paz, a contribuir a desmontar todas las violencias inclyendo la estatal, que aún subsisten y porun futuro en el que nadie, nunca más, sea secuestrado. Porque ya sabemos que no hay razón, ni justificación para arrebatarle la libertad a ninguna persona”.