La Superintendencia Financiera simplificó los requisitos que deben exigir los establecimientos de crédito para que acojan las cuentas de bajo monto.
La principal modificación se dio en el sistema de Administración de Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (Sarlaft).
"En el caso de las cuentas de bajo monto, la Superintendencia Financiera precisó la normatividad pertinente para señalar que dicha exigencia se limita a verificar la información que permita individualizar a los clientes que deseen acceder a este producto, con datos tales como nombres y apellidos, documento de identificación y lugar y fecha de nacimiento, sin que sea necesario recabar información adicional ni mucho menos documentación específica de confirmación", indicó el organismo.
EL COLOMBIANO informó esta semana que las entidades del país se resisten a aceptar las cuentas de bajo monto, ya que implican alta inversión en tecnología y poca rentabilidad.
El organismo dijo que la normatividad exige los datos básico de la persona, sin que sea necesario recabar información adicional ni mucho menos documentación específica de confirmación.
La Superfinanciera considera que la norma vigente para prevenir el lavado de activos y la financiación de terrorismo no constituye obstáculo para la apertura de este tipo de cuentas.
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