El Consejo de Estado ordenó a una institución educativa de Bogotá y a la Secretaría de Educación Distrital que investiguen la denuncia de una estudiante que afirma ha sido víctima de bullying o matoneo escolar por parte de un profesor.
La Sección Segunda, con ponencia del magistrado Gerardo Arenas Monsalve, ordenó a dichas entidades que investiguen la situación académica y de convivencia de la alumna dentro del establecimiento educativo y que presenten un informe en el término de dos meses.
El pronunciamiento lo hizo la Sala al resolver una tutela interpuesta a nombre de una menor que dice que se ha visto afectada por los malos tratos de un docente, quien supuestamente la agrede verbalmente y le ha creado “mala fama” en el colegio.
El Alto Tribunal señaló que aunque no se encuentran denuncias al respecto ante la rectoría del colegio y la Secretaría de Educación, tampoco se ha creado en el colegio el comité escolar de convivencia que dispuso la Ley 1620 de 2013.
El Consejo de Estado estimó que aunque los casos de acoso escolar que se presenten al interior de las instituciones educativas representan una clara amenaza contra los derechos fundamentales de los menores y sus familias, las autoridades educativas no pueden presumir dichos actos, por lo que es necesaria la colaboración de las posibles víctimas para demostrar tal situación.
“La Sala accederá parcialmente a las pretensiones de la demanda de tutela, bajo el entendido de la necesidad de iniciar el procedimiento necesario para el esclarecimiento de la verdad respecto a sus afirmaciones, y teniendo en cuenta que ningún proceso formal se ha iniciado por parte de la Institución Educativa o la Secretaría de Educación Distrital de Bogotá”, señala la decisión.
En la sentencia, la Corporación reitera que con la Ley 1620 de 2013 se dotó a las autoridades públicas, instituciones educativas, directivos y docentes, de las herramientas necesarias para enfrentar, entre otros problemas, los actos de acoso y violencia escolar.
Sin embargo, “tal tarea incumbe en igual medida a las familias de los estudiantes, pues solamente a partir del trabajo mancomunado entre éstos y aquéllos, es posible lograr una intervención efectiva en las causas de las violaciones de derechos fundamentales que eventualmente tengan lugar al interior de los establecimientos educativos”.
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