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Juez ordena a la Policía borrar copia que hizo de censo electoral

13 de septiembre de 2012
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La Policía Nacional deberá borrar íntegramente de sus bases de datos la copia que hizo en agosto pasado, en la Registraduría Nacional, del censo nacional electoral, que es la base en la que se identifica con nombre y cédula a los colombianos habilitados para poder votar en los procesos electorales.

La decisión la tomó la Jueza Tercera Penal Municipal de Cali, la cual le ordenó a la Policía la destrucción segura de toda la información de la base de datos que copiaron dos agentes de la Dijín el 9 de agosto, cuando llegaron a las instalaciones de la Registraduría Nacional para iniciar un proceso de elaboración de imágenes forenses, tras solicitud del fiscal 48 de Cali, Armando Rodríguez Cortázar, quien requería ese información como elementos materiales y probatorios y evidencia física, para una investigación que adelantaba.

La jueza tercera en su fallo indica que será la Registraduría Nacional del Estado Civil la que hará las veces de veedora y deberá certificar ante su despacho si la Policía realmente si dio de baja de sus bases de datos los datos biográficos y minucias dactiloscópicas de los más de 31 millones de ciudadanos que están habilitados para votar.

Tras conocer la decisión judicial, el director nacional de Censo Electoral, de la Registraduría Nacional del Estado Civil, Jin Anthony Cotrino Sossa, declaró que requerirá a la Policía Nacional "garantice de una forma técnica idónea, que no se copió la información en otro lugar, pues copiar estos datos es cuestión de segundos y la información ha estado en poder de la Policía por más de un mes".

La Registraduría luego de que se hubiese copiado la información denuncia esa situación ante la Fiscalía General de la Nación, Procuraduría General de la Nación, Interpol, Dijín, y al Presidente del Consejo Superior de la Judicatura, Héctor Enrique Peña, la situación en mención.

Cotrino Sossa sostuvo que que el procedimiento realizado en ese momento por los agentes de la Policía fue "un exceso en lo legal y lo material, ya que esta conducta no fue solicitada en la orden judicial del Fiscal 48, que por el contrario solicita únicamente recabar imágenes forenses de la información contenida en el computador del 1 al 30 de junio y no de una base de datos de muchos años atrás".

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