El matrimonio es un contrato que debe renovarse día a día.
Se rige por la ley civil y los cambios introducidos en los últimos años lo han desarticulado. Lo mismo a la familia.
Es urgente que se rehaga la ley de la familia.
Puntos básicos serían los siguientes:
1. El matrimonio se puede celebrar ante el funcionario que autorice la ley, pero todos los efectos los debe regir la ley civil.
2. Todos los matrimonios surtirán efectos solo a partir de su inscripción en el registro civil.
3. Todos los matrimonios, solemnes y consensuales, se pueden terminar por declaración de nulidad o divorcio.
4. El culpable de la terminación del matrimonio debe indemnizar al inocente.
5. La sociedad conyugal solo nacerá por acuerdo entre los casados, pero la vivienda conyugal, la casa de recreo y el auto del hogar, serán de propiedad común.
6. El cónyuge inocente no perderá el derecho a la pensión si convivió con el pensionado más del 50 por ciento del tiempo para adquirir el derecho.
Es solo un punto de partida. Pero importante.
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