“Corresponde al Presidente de la República señalar, con sujeción a la ley, las políticas generales de administración y control de eficiencia de los servicios públicos domiciliarios y ejercer por medio de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, el control, la inspección y vigilancia de las entidades que los presten”, dice la Constitución Política en el artículo 370.
Ahí estaría la clave para solucionar la angustia por los beneficios que se recibieron en el marco de la emergencia en agua, alcantarillado y aseo y que ahora no estarán disponibles por cuenta de que al Decreto 580 le faltaban dos firmas para hacerlo legal, las de los ministros de Salud, Fernando Ruiz Gómez, y de Ciencia, Mabel Gisela Torres y por lo que fue declarado inexequible por la Corte Constitucional.
Aún no hay una respuesta oficial del Gobierno de cómo se subsanará esta medida. De hecho, este es el análisis realizado por Javier Gaviria, presidente de la Asociación Antioqueña de Ligas de Usuarios (Asulus) quien recordó, que según la información de EPM el 76 % de las personas se encuentran en estratos subsidiables, es decir, 1 (12 %), 2 (34 %) y 3 (30 %).
“El Gobierno tiene que encontrar las herramientas legales, estamos proponiendo que se explore en las facultades presidenciales de la política de servicios públicos domiciliarios y la Comisión Reguladora de Agua potable”, dijo Gaviria.
Es importante recordar que la norma habilitó a los entes territoriales para subir las subvenciones al estrato 1 del 70 % al 80 %, al estrato 2 de un 40 % al 50 %, y al 3 del 15 % al 40 %.
Esto significa que entre los primeros dos el cambio del beneficio es de 10 puntos porcentuales, entre 12.000 y 16.000 pesos mientras que en el estrato 3 es de 25 puntos, al menos 24.000 pesos, explicó Gaviria.
A nivel nacional, el Ministerio de Vivienda sostuvo en una comunicación que 94 municipios se acogieron a la norma para dar mayores subsidios lo que impactó a 616.000 suscritores, es decir, 1,9 millones de personas.