Luego de la aprobación de un monto de $350,4 billones para el Presupuesto General de la Nación (PNG) de 2022, las Comisiones Económicas conjuntas del Congreso citaron a votación este miércoles 22 de septiembre para debatir y definir las asignaciones de este proyecto por sectores y regiones.
Entre los cambios presentados en el proyecto se encuentran 35 artículos nuevos. Así, mientras que el proyecto radicado por el Gobierno contenía 92 artículos, ahora pasó a 126 para su debate.
Lo nuevo
Uno de los cambios confirmados está relacionado con la ley de garantías: “A partir de la publicación de la presente ley, suspéndase el inciso primero del artículo 38 de la Ley 996 de 2005 y, en consecuencia, las entidades del orden nacional y las entidades territoriales podrán celebrar convenios administrativos e interadministrativos para la ejecución de recursos públicos”, se lee en la propuesta.
Esto quiere decir que se levantaría la prohibición actual que establece que, durante cuatro meses antes de elecciones, gobernadores, alcaldes, secretarios, gerentes y directores de las entidades públicas no podrán celebrar este tipo de convenios, medida con la que se busca una mayor transparencia electoral.
Otra de las novedades es el traslado de afiliados del Régimen de Ahorro Individual (gestionado por los fondos privados) al Régimen de Prima Media (Colpensiones), siempre que sean hombres mayores de 52 o mujeres mayores de 47 años, y que hayan cotizado como mínimo 750 semanas al Régimen de Prima Media.
Ante este nuevo artículo, que generó confusiones dado que el pasado 20 de septiembre el Ministerio de Hacienda había pedido archivar un proyecto de ley que se tramita en el Congreso sobre el traslado express a Colpensiones, el viceministro técnico de Hacienda, Jesús Bejarano, afirmó que “entendiendo las expectativas legítimas de muchos colombianos que ahorraron más de la vida laboral en el régimen de prima media y que actualmente se encuentran en el régimen de ahorro individual en el ejercicio de consenso acogimos la inclusión del artículo que permita el traslado exprés”.
Por otro lado, entre los artículos agregados se encuentra la asignación de un monto de recursos para cubrir el valor correspondiente a un 50% del costo de la energía eléctrica y gas natural que consuman los distritos de riego administrados por el Estado o por las Asociaciones de Usuarios debidamente reconocidos por el Ministerio de Agricultura.
Asimismo, otra de las nuevos puntos establece que en las empresas de servicios públicos y sus subordinadas, en las cuales la participación de la Nación directamente o a través de sus entidades descentralizadas sea igual o superior al 90% y que desarrollen sus actividades bajo condiciones de competencia, la aprobación y modificación de su presupuesto, de las viabilidades presupuestales y de las vigencias futuras, corresponderá a las juntas directivas de las respectivas empresas, sin requerirse concepto previo de ningún órgano o entidad gubernamental.