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Luis Fernando Álvarez
Columnista

Luis Fernando Álvarez

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CORTE SUPREMA: AUTONOMÍA, ÉTICA Y LEGITIMIDAD

Por LUIS FERNANDO ÁLVAREZ J.

lfalvarezj@gmail.com

Cuenta Plutarco que Julio César se divorció de su esposa Pompeya, porque esta había asistido a la Bona Dea (atrevida reunión de mujeres en culto a la fecundidad). Cuando Pompeya le expresó que ella no había realizado nada indebido, César respondió: “La mujer del César no sólo tiene que ser honrada, sino además parecerlo”. Esta frase expresa la permanente preocupación por mantener plena coherencia entre el ser y el hacer.

Con el juez Jimmie Reyna de la Corte de Apelaciones de Estados Unidos, con quien compartimos una mesa de trabajo, explicamos que el comportamiento ético del juez no sólo supone una perfecta correspondencia entre su moral personal y su actuar social, sino que por su especial investidura, su conducta debe despertar un sentimiento de afinidad ética con la comunidad. El juez debe actuar de tal manera que la sociedad tenga la percepción del sentido ético de su actuación. En caso contrario, por buenas intenciones que tenga, la falta de percepción ética de su conducta por la comunidad hace que pierda credibilidad y legitimidad.

No vamos a cuestionar la legalidad de la actuación de la Corte Suprema, cuando de manera abrupta, para solucionar un impasse que desde tiempo atrás le impidió elegir sus propios magistrados, resolvió modificar su reglamento y construir casi de manera automática un nuevo concepto de mayoría, de manera que los magistrados ya no se tuviesen que elegir por las dos terceras partes de la Corporación, es decir, con 16 votos, algo imposible por cuanto por vencimiento de periodos y otras circunstancias, sólo quedaban quince magistrados activos.

Para solucionar ese preocupante momento, la Corte resuelve modificar el reglamento y disponer que la elección se haría, no con el voto de las dos terceras partes de los integrantes, sino con las dos terceras partes de los miembros activos, de manera que en lugar de 16 votos, bastó obtener 10, para salir elegido. Con esta fórmula, la Corte en una sesión solucionó un impasse de meses y eligió prácticamente todos sus magistrados faltantes.

No cabe duda que en razón de la autonomía que tienen las Altas Cortes y en general la organización judicial, la Corte podía actuar como lo hizo, de hecho así había procedido en ocasiones anteriores, de manera que no creemos que vaya a haber demandas de nulidad por dicho proceder. Sin embargo, como en el caso de la señora del César, la Corte no sólo debe ser transparente, sino además parecer que lo es. Procedimientos como el utilizado, dejan un manto de duda sobre la forma como debe proceder una alta corte y genera una equivocada percepción sobre su sentido ético, situación que no conviene al estado de derecho, ni a la democracia, ni a la organización judicial, menos aún, a quienes en este momento están siendo juzgados por el Alto Tribunal. Para evitar una mala percepción ética, es necesario: (1) modificar el sistema de elecciones o (2) actuar de manera que no se afecte la percepción ética.

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