En un excelente artículo publicado por el diario El Colombiano el 21 de julio del año en marcha, redactado por el periodista Ferney Arias Jiménez con la asesoría del ingeniero civil Juan Andrés Oviedo, nos recuerdan que el Reglamento Colombiano de Construcción Sismorresistente NSR10, creo entenderles, nos obligó en 1997 a instalar sismógrafos, sismómetros o acelerómetros en los edificios, de acuerdo con el número de pisos, según el capítulo A11 del Reglamento. Este complejo documento de 186 páginas, resulta ser accesibles solo para los ingenieros civiles especialistas en el cálculo de edificios.
Recordemos que todo el occidente colombiano hace parte del anillo de fuego del Océano Pacífico, el cual lo conforman sus costas desde Chile hasta Alaska...