Por Fernando Velásquez V.
En un Estado de derecho social y democrático, fundado en el respeto de la dignidad de la persona dentro de un marco jurídico justo, las ramas del poder público (tres, a partir de las teorizaciones de los padres de ese diseño de organización social: Legislativa, Ejecutiva y Judicial, aunque también hoy se habla de la Electoral) “colaboran armónicamente para la realización de sus fines”, pero ellas son autónomas e independientes, según dice la Constitución Política. De allí que en ese diseño los jueces y fiscales sean imparciales e independientes en el cumplimiento de sus funciones y tengan la obligación, perentoria, de cumplir los dictados de la Carta Fundamental, so pena de incurrir en arbitrariedad y abuso.
Pero semejante modelo gestado a través de los siglos hace agua en las repúblicas bananeras de este lado del océano, entre las cuales la colombiana ocupa un lugar protagónico; por eso, son crecientes la politización de la justicia y la judicialización de la política (dos fenómenos distintos pero complementarios) de tal manera que, para el caso, los políticos se toman la administración de la justicia penal y los integrantes de ésta ingieren, de forma abierta y descarada, en la marcha de aquella.
Por tal razón, la noticia difundida por la Fiscalía General de la Nación y conocida este miércoles, en cuya virtud ese organismo dispuso llamar a indagatoria al exgobernador Sergio Fajardo Valderrama, quien aparece como uno de los precandidatos presidenciales preferentes según las encuestas de opinión, no deja de generar comentarios y reflexiones que –en todo caso– se deben encuadrar en el marco de discusión acabado de proponer.
Así las cosas, no es de extrañar que se haya hecho el anuncio citado y se pretenda, contra toda lógica y los más elementales principios de un derecho penal liberal, judicializar a ese muy importante exponente de la clase política con el argumento de que: “Los análisis técnicos, financieros y jurídicos de la policía judicial evidenciaron que no se habría realizado un estudio sobre la necesidad de suscribir un contrato de empréstito en moneda extranjera” y que “tampoco existió una proyección que advirtiera sobre la volatilidad del dólar, ni se blindó la contratación con un seguro de riesgo cambiario”, motivo por el cual le imputarán los delitos de peculado por apropiación en favor de terceros agravado y contrato sin cumplimiento de requisitos legales. Por supuesto, a poco más, le resolverán la situación jurídica encarcelándolo.
De esta forma, cada que un contrato en dólares se vea sometido a los avatares de las cambiantes políticas económicas –algo que no depende de los servidores públicos que los suscriben– sino de las leyes del mercado financiero y de las situaciones imprevistas de la economía planetaria, el servidor público que lo suscriba y los funcionarios que intervengan en la contratación, tendrán que responder por los delitos señalados. Lo curioso, desde luego, es que solo se proceda –por evidentes razones electorales– contra Fajardo Valderrama, a quien se quiere sacar de forma vergonzosa de la escena de cara al próximo debate, pero eso no se hace con todos los servidores que están en la misma situación en los ámbitos nacional y regional.
Es, pues, la utilización del derecho penal con fines proclives para castigar a quienes no actúan como arúspices, un arte que –ahora– tendrá que presidir toda la actividad administrativa. Con razón, pues, en un comentario que ha circulado estos días en una red social, el profesor de derecho penal de la Universidad de los Andes, Ricardo Posada Maya, hace una aguda reflexión que llama a la discusión y debe ser bien entendida: “Bienvenidos al derecho penal del medioevo. Hoy la FGN se inventó una nueva ordalía: si no adivinas la volatibilidad del dólar entonces eres culpable... (algo así como si no te quemas en la hoguera eres inocente o si te hundes lleno de piedras eres culpable)... y así”. ¡No hay nada que agregar!