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Plebiscito Sí, Constituyente No

Por david suárez tamayodavidsuarez9@hotmail.com

Los resultados del Plebiscito tienen un efecto político y otro jurídico. El político es que no hubo refrendación y por tanto el actual Acuerdo debe renegociarse. El jurídico es que sin refrendación no se pudo activar el Acto Legislativo 1 de 2016, y por ende la imposibilidad de su implementación. Es decir, el Acuerdo existe, pero no se puede aplicar, es ineficaz, y hasta ilegítimo.

Suponiendo que se resuelva el obstáculo político, es decir, que se logre una renegociación, hay que pensar en cuál sería el procedimiento jurídico para su refrendación e implementación.

Opción 1: un nuevo plebiscito, está avalado por la Corte Constitucional. En la sentencia C-379 de 2016 señaló que “ante la negativa del...

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