Por CÉSAR AUGUSTO LÓPEZ CIRO
U. Pontificia Bolivariana, Facultad de Comunicación Social, 7° semestre.
cesar.lopezc@upb.edu.co
Desde el 1° de agosto de 2018 entró a regir el Código de Policía, en el que se contemplan varias sanciones por el incumplimiento de algunas normas, entre ellas el uso del espacio público. Según el código (numeral 6 del artículo 140), la multa por dicha conducta es de 4 salarios mínimos diarios y si se comete dos o más veces, el agente debe decomisar o destruir el bien con el que se incurre en la ocupación.
Hace algunos días, mientras recorría el anillo que rodea el Parque de La Floresta de Medellín, conversaba con algunos de los vendedores informales instalados allí, muchos de ellos desalojados de otras zonas de la ciudad, y me contaban el mecanismo de desalojo rápido que tienen preparado para el momento en que un funcionario de Espacio Público o la Policía llegue al lugar; consiste en tomar las cosas a la ligera y arrancar por caminos diferentes.
Si bien el Código de Policía ha logrado establecer un orden en la convivencia y ha evitado la violación de muchas normas, también ha atentado con los derechos fundamentales de los vendedores ambulantes. Se está dejando a un lado el derecho al trabajo de esos ciudadanos y la aplicación del Principio de Confianza Legítima que permite conocer las causas de hecho que obligan a esas personas a ejercer esta forma de empleo.
Las soluciones tampoco han estado presentes ante estas situaciones que han amordazado a cantidad de ciudadanos que se han visto encerrados en un cuarto oscuro y sin salida ante las posibilidades mínimas de vida y sustento de ellos y sus familias.
El mal diseño de la norma ha imposibilitado el ofrecimiento de alternativas de reubicación o de trabajo formal que garanticen a estas personas unas condiciones de vida dignas. Dentro de ese proceso se olvidó el asunto de capacitar a estos ciudadanos en áreas productivas que les ayuden a emprender proyectos que les permitan ingresos suficientes para cobijar sus necesidades básicas.
En definitiva, el Código de Policía y, junto con ello, las autoridades competentes, han venido actuando de manera ilegal e inconstitucional por el incumplimiento del debido proceso, la violación de los derechos fundamentales de los vendedores ambulantes y el no ofrecimiento de alternativas de reubicación y capacitación que garanticen un empleo formal y unas condiciones de vida dignas.
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