[Junio
30 de 2001]
Aseguramiento
de Bernal no es por sobrefacturación
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Respetando el sagrado derecho de réplica damos a conocer
a nuestros lectores apartes de la carta enviada a este diario por
el fiscal Gabriel Roldán Restrepo, quien lleva el caso contra
Álvaro Bernal Londoño, ex gerente del Metro, en la
que manifiesta, a propósito de dos informes publicados por
esta casa editorial, que el proceso en el que está involucrado
el ciudadano no es por sobrefacturación.
Hasta donde la reserva de la instrucción lo permite,
debe aclararse que en la investigación se analiza el cumplimiento
o no de requisitos legales esenciales en el trámite de dos
contratos de prestación de servicios, asegura el funcionario
judicial.
En efecto, EL COLOMBIANO pudo establecer que aunque en el despacho
de Gabriel Roldán Restrepo no se adelantan pesquisas por
actos relacionados con la compra de partes para el Metro de Medellín
con un sobrecosto del 40%, otra unidad sí la realiza.
En su misiva, el fiscal también advierte que, contrario a
la información aparecida en este diario, su oficina no ha
involucrado el nombre de Humberto Duque dentro de las irregularidades
que intentan precisarse.
Nadie con ese nombre está vinculado a la referida investigación,
dice la carta en uno de sus apartes.
Reserva
sumarial
Finalmente, debo significarle que si en los últimos
años ha habido cierta complacencia de algunos funcionarios
para permitir que paralelamente a investigaciones penales de cierta
connotación, se den a la luz pública aspectos reservados,
empeñando principios como los de imparcialidad y presunción
de inocencia, no debe extrañar a ningún medio de información
que un fiscal como rector de la instrucción haga sólo
pronunciamientos a través de sus decisiones, conceptúa
Gabriel Roldán, a propósito de las trabas encontradas
por este diario para acceder a un mínimo de información
sobre las razones que soportaron la orden de aseguramiento contra
el ex gerente del Metro y varios de sus más cercanos colaboradores.
Como quiera que el articulista hace sugerentes comentarios
sobre las razones por las cuales se ha mantenido una estricta reserva,
en contraste con otras investigaciones; que vaticina resultados
de recursos aún no desatados; y que llega a poner en boca
de fuentes no precisadas calificativos como los de absolutamente
sospechoso en torno a una decisión que no conoce ni
puede conocer por el carácter reservado de la investigación,
le ruego instruirle que conforme al artículo 331 y 332 del
Código de Procedimiento Penal la fase de instrucción
de toda investigación penal es reservada y sólo puede
ser conocida por quienes intervienen en el proceso, so pena de sanciones
al funcionario que filtre a los medios de comunicación informaciones
de carácter reservado y las condignas (sic) sanciones hasta
por mil salarios mínimos mensuales a los medios de comunicación,
manifiesta el fiscal.
A través de un comunicación del Metro, EL COLOMBIANO
pudo establecer que la investigaciones en cuestión están
relacionada con los contratos 652, que se refiere a la gerencia
del proyecto Tren de Cercanías o Metro Tren, y el 661, sobre
el diseño estructural del puente peatonal sobre la calle
30 y la estación Industriales, suscrito en 1999 entre la
empresa de transporte masivo y el ingeniero Alberto Aristizábal
Restrepo.
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