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En manos del Congreso agilidad en estudio del referendo

Bogotá / Colprensa
La agilidad que le imprima la Corte Constitucional al control previo de la Ley de Referendo depende en estos momentos del Congreso. De no cumplir con los términos fijados por el alto tribunal para presentar los documentos exigidos para su estudio, el trámite se dilatará y, eventualmente, correría el riesgo de ser devuelto nuevamente por el alto tribunal al legislativo.

En un auto expedido el pasado lunes, el magistrado ponente del proyecto de revisión constitucional de la ley de referendo, Eduardo Montealegre Linett, fijó a los presidentes de Senado y Cámara un plazo de 10 días hábiles para hacer llegar a su despacho los ejemplares de las gacetas del Congreso en las que se publicó el texto de la ley aprobado en primer debate en sesión conjunta de ambas cámaras.

También las constancias de quórum deliberatorio de cada uno de los debates surtidos por la ley, de la designación de la comisión accidental, de cada una de las sesiones, y las actas de cada sesión, entre otros documentos, que permitan verificar la constitucionalidad del trámite seguido por el legislativo.

De acuerdo con lo contemplado en el reglamento de la Corte, de no cumplir el Congreso el término para allegar esta documentación, el magistrado ponente volverá a requerir las pruebas y otorgar otro plazo dilatándose el trámite de la ley. Ahora, de persistir este incumplimiento, los magistrados en Sala Plena estudiaran el caso y tomaran las determinaciones pertinentes, las cuales podrían incluso llegar a la devolución de la iniciativa, dijeron fuentes allegadas al alto tribunal.

De hecho, una comisión especial de la Procuraduría, conformada por el jefe del organismo de control, Edgardo Maya Villazón, para efectuar un previo estudio de la ley con el objeto de emitir su concepto como Ministerio Público, tampoco recibió respuesta a la solicitud de estos documentos, confirmaron voceros de este despacho.

Por lo pronto, el magistrado Montealegre Linett rechazó hoy por improcedente tres demandas de constitucionalidad contra la ley de referendo. A juicio del jurista, el control automático ejercido por la Corte en este caso hace incompatible la acción pública. Sin embargo, las consideró como intervenciones ciudadanas que tendrá en cuenta en el momento oportuno.
 

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