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Referendo, un ajuste constitucional
En el país se cree que cambiando normas cambia la realidad nacional
A futuro, la Carta no previó las crisis sociales que se venían
Las prácticas políticas corruptas exigen reformas en la Constitución

Carlos Camacho

Bogotá

Luego de 11 años de promulgada, la Constitución de 1991 enfrenta una reforma, vía referendo, una figura que por primera vez se utilizará en el país. Son diversas las posiciones de los expertos en cuanto a la necesidad de reformar la Carta.

Luego de 11 años de promulgada, la Constitución de 1991 enfrenta una reforma, vía referendo, una figura que por primera vez se utilizará en el país. Son diversas las posiciones de los expertos en cuanto a la necesidad de reformar la Carta.

La joven Constitución del 91, a juicio de analistas consultados, abrió las puertas a otras expresiones políticas, culturales y étnicas; creó nuevas figuras como la Corte Constitucional, la acción de tutela, la Fiscalía General, que para muchos son sus principales logros.

Para otros, la Constitución del 91, si bien fue pensada hacia el futuro, "fue ingenua" y no tuvo en cuenta vertiginosos cambios nacionales como la agudización del conflicto interno y la globalización, entre otros aspectos. Además, la reglamentación de varios de sus preceptos desdibujó las intenciones de los constituyentes.

El referendo, será pues una de las primeras reformas de la Carta del 91. La Constitución de 1886 sufrió varias, la primera de ellas en 1905 y vinieron otras en 1910, 1936, 1945, 1957, y 1968.

Por qué la reforma
Para la directora del proyecto Congreso Visible de la Universidad de los Andes, Elisabeth Ungar, es importante señalar que muchos de los puntos contenidos en el referendo no requieren de una reforma constitucional, y se podrían tramitar por vía de leyes en el Congreso. "Todas las constituciones necesitan un tiempo
para ajustarse y acomodarse a las realidades del país", precisó.

En opinión del constitucionalista Juan Manuel Charry, la carta debe reformarse porque "el diseño político no ha sido efectivo y hay corrupción política; y por la coyuntura fiscal, en el sentido
de que el Estado atraviesa por una crisis que requiere medidas especiales".

José Obdulio Gaviria, asesor de la Presidencia de la República, afirma que la Constitución debe reformarse "porque Colombia tiene un síndrome, que es el fetichismo legal, cree que cambiando normas
se cambia la vida".

En su opinión, el referendo en cierta forma rompe con el esquema y trata de cambiar la vida y decir como es el cambio, "acompaña una labor administrativa e intenta con ciertas fórmulas convertirlas
en señales de rango constitucional".

El ex constituyente Jaime Castro sostiene que el referendo hace unas reformas que a su juicio, no son convenientes y que son otros las que hay que hacer, pero opina que la Constitución debe reformarse en razón de los grandes cambios de los últimos diez años en Colombia.

Fallas de constituyentes
Según Ungar, no es que los constituyentes hubiesen fallado. "Fue una experiencia valiosa y la Constitución misma va mucho más adelante de la realidad del país, prevé unas condiciones, por ejemplo, la existencia de un estado social de derecho que es un punto de llegada hacia el cual, en mi concepto, debemos mirar
todos los colombianos pero quizás las condiciones todavía no están dadas para llegar a ese punto".

Charry afirma por su parte, "que los constituyentes fueron ingenuos" en temas como el régimen para el Congreso. Según Gaviria, los constituyentes creyeron corregir el mundo a punta de artículos, trataron de construir un país con una nueva Constitución y lo real es que los países construidos se dan su Constitución.

Castro precisa que es muy distinta la situación de 1991 a la actual. "El conflicto se ha agudizado, en los últimos diez años ha adquirido unas proporciones que no tenía, es una situación de guerra abierta, en el 91 no había desplazados, ahora hay millones y además están los temas de la globalización y de la apertura
económica".

Los cambios en la Carta del 91

Varios son los artículos o incisos de la Constitución que pretende modificar o adicionar el referendo, de ser aprobado. Se trata de cambios en los artículos 16, 108, 122, 133, 134, 171, 176, 180, 183, 187, 272, 280, 355, 361, 345, 346.

Se tiene previsto la derogación del artículo 261, en el tema de las suplencias y vacantes en las corporaciones públicas. El referendo crearía un artículo nuevo que codificará la Sala de Consulta del Consejo de Estado para la reasignación de los nuevos recursos que genere la supresión de contralorías y personerías.

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