Gobernador de Antioquia, Andrés Julián Rendón, celebró freno a la emergencia económica
La suspensión provisional del estado de emergencia económica en Colombia por parte de la Corte Constitucional ha sido recibida con satisfacción por el gobernador de Antioquia, Andrés Julián Rendón, que desde Medellín se había erigido en uno de los principales opositores territoriales al decreto del Gobierno de Gustavo Petro.
La Corte Constitucional de Colombia ordenó este jueves 29 de enero de 2026 la suspensión provisional del Decreto Legislativo 1390 de 22 de diciembre de 2025, con el que el presidente Gustavo Petro declaró el estado de emergencia económica y social para cubrir un déficit presupuestario de 16,3 billones de pesos en 2026. La medida cautelar fue aprobada por seis votos contra dos y deja sin efectos, de momento, los decretos tributarios asociados a la emergencia mientras el alto tribunal adopta una decisión de fondo prevista para las próximas semanas.
En Antioquia, la decisión de la Corte ha sido leída como un espaldarazo institucional a la postura del gobernador Andrés Julián Rendón, quien desde mediados de enero había anunciado que el departamento no aplicaría las medidas tributarias derivadas de la emergencia económica, invocando la excepción de inconstitucionalidad y a la espera precisamente de un pronunciamiento del tribunal.
El pulso previo: Antioquia contra el decreto de emergencia económica
El 22 de diciembre de 2025, el Gobierno de Gustavo Petro declaró la emergencia económica durante 30 días en todo el territorio nacional, tras el hundimiento en el Congreso de una reforma tributaria con la que buscaba recaudar 16,3 billones de pesos adicionales para cerrar el presupuesto de 2026. El Decreto 1390 de 2025 argumentó una “situación fiscal grave” que amenazaba la continuidad de servicios públicos esenciales y el goce efectivo de derechos sociales.
La figura de la emergencia económica, prevista en la Constitución colombiana como un mecanismo excepcional, permite al Ejecutivo expedir decretos con fuerza de ley en materia tributaria y económica en plazos acotados. Sin embargo, su activación está sometida a un estricto control posterior de la Corte Constitucional, que debe verificar la existencia de hechos sobrevinientes e imprevisibles y la proporcionalidad de las medidas adoptadas.
Desde Antioquia, el gobernador Andrés Julián Rendón se situó pronto en la primera línea de la oposición territorial al decreto. El mandatario departamental anunció que “Antioquia inaplicará, por excepción de inconstitucionalidad, el decreto que fijó una abusiva carga tributaria dentro de la emergencia económica. Esto significa que hasta que la Corte Constitucional no falle de fondo, Antioquia no aplicará este decreto”, explicó, al tiempo que detalló que el impacto combinado de los decretos de emergencia y del aumento del salario mínimo podría costarle al departamento cerca de 1,5 billones de pesos en inversión pública y programas sociales.
Para Rendón, el punto más sensible era el impuesto al consumo de licores, cigarrillos y cerveza, que en Antioquia representa aproximadamente el 40 % de sus ingresos tributarios y que en departamentos más pobres como Chocó llega al 80 %. “Con esos recursos financiamos salud, educación y deporte”, subrayó el gobernador, al advertir que cualquier aumento de la carga fiscal sobre estos productos dentro de la emergencia económica ponía en riesgo la financiación de servicios esenciales en el ámbito regional.
La decisión de la Corte y su impacto en Antioquia
La Sala Plena de la Corte Constitucional decidió suspender de forma provisional el decreto de emergencia económica al considerar que era necesario evitar posibles impactos irreversibles mientras se estudia su ajuste a la Carta Política. El auto, identificado como 082 de 2026, congeló de manera inmediata los efectos del Decreto 1390 de 2025 y de los decretos tributarios dictados en su desarrollo, incluidos nuevos gravámenes y beneficios fiscales transitorios que ya estaban en marcha.
En su argumentación preliminar, la mayoría de magistrados calificó la declaratoria de la emergencia como “manifiestamente inconstitucional”, señalando que el déficit presupuestario, aunque relevante, no se derivaba de un hecho sobreviniente e imprevisible, sino de decisiones de política fiscal y del fracaso legislativo de la reforma tributaria. Ese criterio coincide con los reparos formulados desde finales de 2025 por sectores políticos y gremiales, que advertían que la figura excepcional no podía utilizarse como vía para corregir errores de gestión o para sortear al Congreso.
Para Antioquia, la suspensión provisional supone un alivio inmediato en términos de certidumbre jurídica. El departamento había condicionado la aplicación del decreto a la decisión de la Corte y argumentaba que buena parte del ajuste planteado desde Bogotá recaía sobre tributos que son una fuente central de financiación territorial, especialmente el consumo de bebidas alcohólicas y cigarrillos, con impacto directo en las cuentas de la Fábrica de Licores de Antioquia y en los recursos destinados a salud y educación.
A nivel político, el fallo refuerza la narrativa del gobernador antioqueño en defensa de la autonomía territorial frente a las medidas del Ejecutivo central. Su posición se enmarca en una ola de “rebeldía” de varios gobernadores que, desde mediados de enero, habían advertido su rechazo al decreto de emergencia económica y anunciaron que no aplicarían algunos de sus efectos, particularmente en el impuesto al consumo, hasta conocer la postura definitiva de la jurisdicción constitucional.
Reacciones encontradas: Gobierno nacional, gremios y oposición
La suspensión de la emergencia económica ha polarizado el debate público en Colombia. Desde el Gobierno nacional, el presidente Gustavo Petro alertó en redes sociales sobre las “consecuencias económicas y sociales” de la decisión. A su juicio, al “hundir” el decreto, se protege el impuesto a los contribuyentes de mayor patrimonio y se traslada el coste de la crisis al conjunto de la sociedad, algo que el Ejecutivo asegura intentará evitar en el nuevo escenario legislativo.
El ministro del Interior, Armando Benedetti, fue más allá y criticó públicamente tanto la suspensión de la emergencia como la postura de los gobernadores que se negaban a aplicar el decreto. Según el responsable de la cartera política, los mandatarios regionales no pueden dejar de acatar una norma vigente y, al hacerlo, se exponen a denuncias por prevaricato y a invadir competencias que corresponden en exclusiva a la Corte Constitucional.
En el lado opuesto, los gremios empresariales y diversos sectores de la oposición saludaron con alivio la decisión del tribunal. La Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (ANDI) ya había solicitado en diciembre que, de expedirse la emergencia económica, la Corte considerara su suspensión provisional para evitar “perjuicios irremediables” sobre los contribuyentes, al insistir en que no existía una crisis económica sobreviniente ni sistémica que justificara medidas excepcionales sin intervención del Congreso.
En el plano político, voces de la oposición calificaron la suspensión como una “victoria institucional” frente a lo que describen como un uso arbitrario de la figura de emergencia económica para incrementar la presión fiscal. Algunos dirigentes subrayaron que el fallo frena nuevos impuestos y ajustes sobre productos como licores, vinos y cigarrillos, así como modificaciones en gravámenes financieros, que habrían tenido efecto a partir de 2026.
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Qué está en juego para Antioquia tras el freno a la emergencia económica
Más allá del pulso político, para Antioquia la cuestión central es fiscal. El departamento depende en buena medida del impuesto al consumo de licores y cigarrillos para financiar programas de salud, educación y deporte, algo que el propio gobernador Rendón ha enfatizado para argumentar que la carga del ajuste no puede recaer sobre tributos territoriales ya comprometidos con derechos básicos. Su preocupación se extiende a otros departamentos, especialmente los de menor capacidad de recaudo propio, donde la dependencia de estos impuestos es aún mayor.
La suspensión de la emergencia también introduce incertidumbre sobre las medidas de alivio tributario que el Gobierno había vinculado al decreto, como la reducción temporal de intereses moratorios y sanciones para contribuyentes con deudas fiscales vencidas, o la introducción de nuevos impuestos destinados a reforzar el recaudo nacional. Si la Corte declara inconstitucional la emergencia en su sentencia de fondo, el Ejecutivo podría verse obligado a devolver parte de lo recaudado y a replantear su estrategia fiscal ante el Congreso.
En el corto plazo, el fallo devuelve la discusión al terreno político ordinario y refuerza el papel del Congreso en la definición de la política tributaria. Para Antioquia y para el resto de territorios, la clave estará en cómo se reabre ese debate: si se diseña un ajuste que reparta los costes de manera más equilibrada entre niveles de gobierno y tipos de contribuyentes, o si se reeditan las tensiones entre el Ejecutivo central y las regiones por el control de las principales fuentes de financiación pública.
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Con la emergencia económica suspendida y a la espera del fallo definitivo de la Corte Constitucional, Antioquia entra en una fase de relativa tregua jurídica, pero no de quietud política. El gobernador Andrés Julián Rendón capitaliza, por ahora, la coincidencia entre su estrategia de resistencia y la decisión provisional del alto tribunal, mientras el Gobierno nacional advierte de riesgos para la estabilidad fiscal. En las próximas semanas, la sentencia de fondo y la eventual presentación de un nuevo proyecto de reforma tributaria ante el Congreso marcarán el siguiente capítulo de un debate que definirá cómo se financian los servicios públicos esenciales en Colombia y cuál es el margen real de autonomía financiera de departamentos como Antioquia.
Bloque de preguntas y respuestas
- ¿La Corte ya tumbó definitivamente la emergencia económica?
- No. La Corte ordenó una suspensión provisional mientras estudia el fondo del decreto. La decisión definitiva se conocerá en las próximas semanas.
- ¿Qué impuestos quedan suspendidos con el fallo?
- Quedan congelados los nuevos tributos creados vía emergencia, incluidos impuestos al consumo, financieros y otros gravámenes transitorios.
- ¿Por qué Antioquia se oponía al decreto?
- Porque afectaba impuestos clave para el departamento, como el consumo de licores y cigarrillos, fundamentales para financiar salud y educación.