Mediante la Sentencia C-253/19 del 6 de junio pasado, la Corte Constitucional expuso que los artículos 33 (inciso C) y 140 (numeral 7) del Código Nacional de Policía que penalizan el consumo de bebidas alcohólicas y sustancias psicoactivas en espacios públicos son inconstitucionales. Según la entidad, limitan el desarrollo de la personalidad y las sanciones que estipulan no se acogen a los principios de razonabilidad y proporcionalidad.
Este pronunciamiento del alto tribunal suscitó polémica y dio lugar a un nuevo interrogante: ¿que ocurriría en los parques más concurridos de la capital antioqueña?
La teniente Tatiana Acevedo, asistente legal de la Policía Metropolitana del Valle de Aburrá, expuso que, de momento, el pronunciamiento de la Corte no tiene influencia sobre el accionar de las autoridades policiales.
“En el artículo 48 de la Ley 270 de administración de justicia se manifiesta que para que una providencia de la Corte Constitucional tenga efecto debe ser firmada por los magistrados y publicada en la relatoría de la Corte. Lo único que ha salido es un comunicado. Por ende seguimos aplicando los artículos”, dijo.
EL COLOMBIANO revisó las cifras de comparendos impartidos por el incumplimiento de los artículos en cuestión en tres de los principales parques de la ciudad para identificar cómo se siguió aplicando el Código.
En el parque del Periodista
Ubicado en el cruce de la carrera 53 con la calle 54, en el centro de la comuna 10 (La Candelaria), el del periodista es un parque en el que aparentemente el consumo de bebidas alcohólicas y sustancias psicoactivas no riñe con las labores de la Policía.
Ante la vista de dos patrulleros, personas desde los 20 hasta los 50 años beben cerveza, aguardiente e incluso fuman marihuana sin que ellos los reprendan.
No obstante, los datos de la Policía Metropolitana exponen que allí se impartieron 245 comparendos por consumo de licor y sustancias psicoactivas en 2018 (cinco casos semanales, en promedio). Entre el 1 de enero y el 14 de junio de 2019 se registraron 134 (seis casos semanales).
¿Y en El Poblado?
Aunque actualmente está siendo reformado, los alrededores del parque y el frente de la Iglesia San José son lugares de encuentro nocturno.
La ingesta etílica es variada: cerveza, aguardiente, cocteles y granizados acompañan las reuniones que allí tienen lugar los fines de semana.
De acuerdo con la Policía, el año pasado hubo 139 sanciones en ese lugar por los artículos que la Corte declaró inconstitucionales (promedio de 11,5 mensuales) y, a la fecha, ha habido 73 por el mismo concepto en el año en curso (promedio de 13,2 al mes).
Además, la semana siguiente al pronunciamiento de la Corte (del 7 al 14 de junio), se impusieron cinco multas, por lo que allí la tendencia al alza se mantiene.
Nueva Villa de Aburrá
Los artículos cuestionados por la Corte se refieren al consumo en espacios públicos y aquellos que siendo privados trasciendan a lo público. La plazoleta de la Nueva Villa de Aburrá, ubicada en la avenida 80 con la calle 32C, es un ejemplo de esa descripción.
Aunque la vigilancia del lugar está a cargo de privados, allí se impusieron 12 comparendos en 2018 (uno al mes), mientras que en el año en curso la cifra asciende a 33, correspondiente a seis infracciones por mes, lo que representa un aumento del indicador.
Lo anterior da cuenta de la coexistencia de dos versiones: la de la Corte, que aboga por el libre desarrollo de la personalidad , y la operativa, en la que todavía son sancionados los que contrarían los artículos.